Mauricio acusa al Consejo de "Fraude a la Ley de Sociedades de Capitales" y medita acciones legales
Entiende que el laudo arbitral "produce efectos de cosa juzgada" y que el Consejo no debió esperar al visto bueno de la empresa de Raúl Moro para inscribirle. Le califica como "cómplice de abuso de derecho"
Murcia
No se hizo esperar la respuesta de Mauricio García De la Vega al comunicado del Consejo de Administración que aseguraba que "no existe fundamento jurídico pleno que conlleve la inscripción en el Libro de Socios de la mercantil". El empresario mexicano contratacó con otro en el que, durante nueve puntos argumentaba los motivos por los que entendía que debía estar ya inscrito y en los que, además, acusó al actual Consejo de "un auténtico fraude a la Ley de Sociedades de Capital y a los legítimos derechos de ICONOS como máximo accionista de la SAD, así como una conducta penalmente reprochable tipificada en el art. 293 del Código Penal, por lo que ICONOS se reserva el ejercicio de acciones adicionales a las ya planteada de impugnación de la ampliación de capital".
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Uno de sus grandes argumentos, respecto a la resolución del TAS, es que "al tratarse de un laudo arbitral, ya debía haberse percatado el Consejo de Administración cuando se le requirió el 9 de agosto de 2018 que el laudo arbitral, tanto en España (art. 43 de la Ley de arbitraje) como en Suiza “produce efectos de cosa juzgada”; es decir, es firme y definitivo. Por ello, entre otros efectos, en la Asamblea General del 4 de septiembre, y por la que se aprobó una ampliación de capital de la citada SAD, debió asistir como ICONOS y no CORPORACIÓN como titular 84% del capital social, impidiéndoselo el Consejo Presidido por Gálvez, razón por la que, entre otras, dicha asamblea ha sido impugnada judicialmente".
En el comunicado del Real Murcia se aducía a que nadie de Corporación Empresarial Augusta dio el consentimiento a Mauricio, pero el mexicano interpreta que el Consejo de Administración tuvo que inscribirle porque "no es necesaria la voluntad de CORPORACIÓN porque una decisión con efectos de cosa juzgada ha ventilado la cuestión, lo que debía y debe conducir a inscribir a quien por medio del reiterado laudo acredita ser titular real de las acciones, sin que sea admisible aguardar a la comunicación voluntaria de CORPORACIÓN ni a una ejecución forzosa del laudo" y concluye en su segundo punto que "una vez tiene el laudo encima de la mesa, resulta ridículo, improcedente e ilegal que apele de nuevo a la necesidad de consentimiento de CORPORACIÓN para la inscripción".
Tras los argumentos, Mauricio pasó al ataque, manifestando que "¿Qué neutralidad puede tener este Consejo de Administración para decidir la inscripción en el libro registro de socios cuando el reconocimiento de que ICONOS es el máximo accionista implica necesariamente privarles de la ficción accionarial con la que han entrado en el REAL MURCIA? El medio en virtud del cual el actual consejo ha accedido al REAL MURCIA es exactamente el mismo que el de la familia Gálvez, sobre la base de negar la titularidad de las acciones propiedad de ICONOS". Le acusa de "cómplice de un evidente abuso de derecho, que no debería merecer amparo, aprovechando con evidente mala fe la influencia en la vida social de esta SAD de la titularidad de unas acciones del REAL MURCIA que ya no son propiedad de CORPORACIÓN desde el 7 de marzo de 2018" para hacer alusión a los términos de la ampliación de capital.