Sentencia pionera: los gastos hipotecarios, a partes iguales
El Juzgado de lo Mercantil de Ciudad Real ha condenado a un banco a pagar la mitad de los gastos de una hipoteca contratada en 1998. Se trata de la primera sentencia en España que se establece el pago equitativo
Ciudad Real
El Juzgado de Primera Instancia y de lo Mercantil número 4 de Ciudad Real ha emitido una sentencia que determina que los gastos de una hipoteca contratada en 1998 los tienen que pagar a partes iguales la entidad bancaria y el contratante, al entender que existe un vacío legal. Es primera sentencia judicial en España que marca el pago equitativo de los gastos hipotecarios
Se trata de un documento, redactado por el juez Carmelo Ordóñez, que establece la nulidad por abusivas las clausulas que obligaron al pago de algo más de 1292 euros por parte del cliente y entiende que ambas partes deben repartirse los gastos a partes iguales, al tener ambos el mismo interés en que el proceso llegue a buen término.
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Por tanto el banco tiene que pagar la mitad de los gastos de escritura notarial, los gastos de gestoría, de tasación y los impuestos de actos jurídicos documentados. Además establece que debe ser la entidad financiera la que pague en su totalidad los aranceles registrales: 146 euros, que también pagó en principio el cliente. En total el juzgado ha condenado al banco a retribuir al demandante un total de 792 euros, además de los intereses correspondientes.
Aunque cabe recurso de apelación, la sentencia rompe con la línea marcada el pasado 6 de noviembre por el Tribunal Supremo, que establecía que eran los clientes los que debían pagar estos gastos y con la nueva ley que entró en vigor el pasado viernes 9 de noviembre que ya indicaba que esas cantidades debían ser los bancos quien las abonasen.
Agustín Cacho Borrás
Redactor de contenidos en SER Ciudad Real con especial atención al entorno rural y el sector agroalimentario....