El ayuntamiento condenado a admitir a un trabajador con discapacidad funcional
El ayuntamiento deberá, además, pagar las costas del proceso y el salario del empleado todo el tiempo que debía haber estado trabajando

Radio Elche Cadena SER

Elche
Un afiliado de UGT consiguió una plaza de jardinero en una prueba selectiva específica para el turno de personas con discapacidad, para el ayuntamiento de Elche en octubre de 2007.
En el control inicial de salud que se realiza a todos los empleados el Servicio Médico de Empresa del ayuntamiento consideró que su estado de salud no cumplía los requisitos para desarrollar las tareas del puesto y denegó la toma de posesión.
Los servicios jurídicos de UGT consiguieron en primera instancia una sentencia favorable para que ese trabajador tomara posesión de la plaza que había ganado pero el consistorio recurrió dicha sentencia.
Ahora, los servicios jurídicos de UGT han vuelto a lograr la ratificación de esta última. Por lo tanto el ayuntamiento deberá abonar al trabajador las retribuciones correspondientes al tiempo transcurrido desde que consiguió la plaza en el proceso selectivo y ademas el juzgado también le condena a pagar costas.
Se da la circunstancia paradójica que esta personar ya había prestado servicios en el ayuntamiento de Elche, en otras dependencias, con carácter temporal, sin que el Servicio Médico de Empresa pusiera ningún impedimento.
Desde UGT siempre ha considerado que el trabajador debía ocupar su puesto de trabajo teniendo en cuenta que la Consellería de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana provee a los opositores por el turno de minusválidos un certificado de compatibilidad del desempeño de tareas y funciones del puesto.
Y por otro lado, que los trabajadores tienen derecho a la adaptación del puesto de trabajo y el departamento de jardines tiene puestos de trabajo compatibles con las circunstancias del trabajador.

Cristina Medina
Periodista en Elche, Licenciada en Periodismo. En Radio Elche Cadena SER desde hace 33 años, actualmente...




