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Anulan la condena al empresario murciano Luis Nicolás Mateos por su urbanización en Brasil

Cadena SER

Murcia

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la condena de 5 años de prisión y multa de 9.000 euros que la Audiencia Nacional impuso en septiembre de 2017 al promotor inmobiliario murciano Luis Nicolás Mateos por estafa y falsedad en su proyecto de urbanización en Río Grande del Norte (Brasil), que no terminó.

La sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, señala que las pruebas aportadas al proceso judicial no han acreditado la existencia de un engaño suficiente sobre los compradores de apartamentos, más de 300, para considerar los hechos constitutivos de ese delito.

El Alto Tribunal indica que no solo no se ha demostrado la existencia de ese engaño preexistente, sino que en la conducta de Nicolás Mateos hay actuaciones dirigidas a culminar su proyecto.

Así, añade la sentencia, "se declara probado que el recurrente compró una empresa en Brasil que disponía de un terreno de importantes dimensiones, y que hizo las labores de desbrozamiento, pago de licencias y pago de proyecto arquitectónico, por lo que, en ese momento inicial, los hechos probrados no permiten afirmar la ausencia de voluntad de llevar a cabo el proyecto".

El empresario murciano ha sido defendido por los letrados Mariano Bo y Pablo Martínez. Según la sentencia, se hace reserva de acciones a los perjudicados para que puedan acudir a la vía civil y plantear en ella sus reclamaciones por el incumplimiento de los contratos de compraventa.

Según el documento al que ha accedido la SER, el relato de hechos de la sentencia que se revoca en lo tocante al delito de estafa en concurso con otro continuado de falsedad no expone que la publicidad hubiera sido engañosa ni que no se hubiera buscado financiación suficiente para hacer realidad el proyecto ni que las inversiones hechas por el acusado y sus empresas fuesen insuficientes.

No obstante, el Supremo mantiene las condenas por los delitos de falsificación de documento mercantil -6 meses de prisión y multa de 5.400 euros- y contra la hacienda pública -6 meses de prisión y multa de 79.000 euros-, pero suprime las indemnizaciones a los clientes denunciantes.

La sentencia dice también que desde diciembre de 2005 hasta marzo de 2008 fueron "varios cientos de personas" los que entregaron distintas cantidades de dinero para comprar los apartamentos.

Según los contratos, la parte vendedora se comprometía a hacer entrega de los de una primera fase en junio de 2008 y los de la segunda en el primer trimestre de 2009.

 

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