La Justicia Europea anula parcialmente los límites de emisión de gases contaminantes por ser elevados
Madrid, Bruselas y Paris logran una victoria frente a las presiones del sector automovilístico europeo
Madrid
La bofetada jurídica que recibe la Comisión aún resuena en Luxemburgo, sede del Tribunal General de la Unión Europea. Y resuena y debería doler porque la Comisión ha intentado evitar que los ayuntamientos de Madrid, Paris y Bruselas pudieran personarse como afectados en este procedimiento.
Es más, el ejecutivo de Juncker negaba que esos ayuntamientos pudieran solicitar la anulación del reglamento sobre emisiones máximas de óxidos de nitrógeno, el principal contaminante por la combustión de gasóleo.
Ahora el Tribunal General de la U.E le dice a Juncker que cualquier decisión de la Unión que afecte a una "persona pública”, es decir cualquier institución, puede acudir a la Justicia.
Y más en este caso porque Bruselas decidió puntualizarse a sí misma al elevar el límite de esas emisiones cuando en un principio lo había rebajado sustancialmente.
Los cambió de golpe y a favor de la industria automovilística por lo que la polución iba a seguir incrementándose con mayor rapidez en las grandes ciudades.
Pero hay más: para la Justicia Europea la Comisión no es competente para modificar ese reglamento y sus índices de emisiones porque el elemento esencial es la cifra de dióxidos de nitrógeno emitidos al medio ambiente. Y esa cifra es la que unilateralmente se cambia.
Se anulan esos cambios relativos a la aplicación de la norma Euro-6 pero ante el vacío normativo que se va a provocar, el Tribunal General de la Unión Europea da un plazo de 12 meses para modificar el sistema.