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Animales compañía

Multas más duras para los que no recojan los excrementos de sus perros

Las sanciones se calificarán como graves y podrán ir desde los 90,16 euros hasta los 450,77

Una persona recoge los excrementos de su perro. / Ayuntamiento de Cartagena

Jaén

El Ayuntamiento de Jaén ha publicado una nueva Ordenanza Municipal sobre los animales indicando que va dirigida "tanto a los de compañía como los utilizados en fines deportivos y/o ciudadanos". Aquella persona que vaya con su perro y no recoja su deyección (ya sea líquida o sólida) se expone a una infracción grave con una multa que puede ir desde lo 90,16 euros hasta los 450,77.

De esta manera, los dueños deberán llevar una botella con agua jabonosa para limpiar el pis que hagan sus canes en la calle mientras que también tendrán que tener bolsas para recoger sus excrementos sólidos. Además, siempre deberán ir con correa y cadena. Otros requisitos son su identificación censal y el bozal para aquellos perros calificados como 'perro potencialmente peligrosos' o cuando las circunstancias sanitarias lo aconsejen.

El comunicado del Ayuntamiento indica que cualquier persona podrá iniciar, de oficio, un expediente sancionador si ve a otra que no recoge las necesidades de su animal. Si el dueño es sorprendido por la Policía Local, ésta exigirá que la eliminación de las eyecciones y, en caso de no ser obedecida, se iniciará la denunciar que irá por la vía administrativa aunque no se descartan otras vías, como la penal o civil, en caso de que sean necesarias.

César García

César García

Licenciado en Periodismo. Comenzó a trabajar en el mundo de la radio en el año 2006 en SER El Condado,...

 
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