La Generalitat Valenciana recurre el archivo de la pieza 1 del caso Valmor
La Abogacía de la Generalitat considera que existen serios indicios de criminalidad contra el expresidente Francisco Camps por lo que solicita la continuación de la investigación
Valencia
Según ha podido saber la SER, la Abogacía de la Generalitat ha presentado ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia un recurso de reforma con el auto de este juzgado, de 26 de diciembre pasado, por el que se acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones relativas a la pieza 1 referida a las negociaciones para la organización del Gran Premio de Fórmula 1 en Valencia a través de Valmor Sports SL y la posterior absorción de esta sociedad por parte de la empresa pública Circuito del Motor.
En su escrito, la Abogacía considera que existen serios indicios de criminalidad contra el expresidente Francisco Camps por lo que solicita la continuación de la investigación, la transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, previa unión de esta pieza principal con la pieza segunda (la compra de Valmor por Circuit del Motor), así como la declaración como investigados del expresidente Camps y de Belén Reyero, asesora del presidente y posterior encargada de eventos en la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunitat Valenciana (SPTCV), así como de las personas que resulten presuntamente responsables de los hechos objeto de investigación.
El recurso de la Abogacía se basa en argumentos estrictamente técnicos y en defensa del interés público de los valencianos. Todas las actuaciones de la Generalitat van encaminadas al cumplimiento de la ley y a la necesidad de que los responsables de los casos de corrupción que resulten acreditados devuelvan el dinero.
La Abogacía defiende que tanto a través de los informes de la UDEF, como de los correos electrónicos y de las declaraciones que obran en la instrucción –entre ellas del exvicepresidente Vicente Rambla- resulta evidente la intervención de Camps y de Reyero en los hechos objeto de investigación, así como la relevancia penal de estos. En el recurso se advierte que los hechos evidencian cómo se comprometió todo el sector público autonómico en un negocio que se sabía ruinoso desde el inicio, y para el que se eludieron deliberadamente los controles más rigurosos de la Administración autonómica, interponiendo sociedades mercantiles públicas, sobre cuyos actos y decisiones no existió ningún control o fiscalización, ni de la Intervención de la Generalitat ni de la Abogacía de la Generalitat.
La Abogacía defiende que el sobreseimiento está justificado solo cuando no existe duda de que el hecho es atípico o que el investigado es indefectiblemente inocente. En caso contrario, si se cierra el procedimiento de instrucción en casos más o menos discutibles, se cercena de forma prematura y forzada el Derecho a la Tutela Judicial Efectiva.
La Abogacía cita como jurisprudencia casos con resultado ruinoso a sabiendas para las arcas públicas como la reciente sentencia del Tribunal de Cuentas, del 27 de diciembre, de la Sección de Enjuiciamiento, que condena a los miembros dfe la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Madrid, en un procedimiento por alcance, por la venta de viviendas públicas a un fondo de inversión especulativo.