Última hora

Sigue la última hora del derrumbe que ha dejado al menos 4 muertos y 27 heridos en Playa de Palma

Tribunales

Anulan la condena a un maltratador reincidente porque "no se fijó una fecha concreta del maltrato" en la condena

Getty Images

La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia de un Juzgado de lo penal que condenó a un hombre a dos años de prisión por un delito de "malos tratos psicológicos habituales" contra su esposa. Dice la nueva sentencia que el juez "no fijó las fechas concretas" de los hechos considerados probados.

La sentencia dice que "se advierte que el relato de hechos adolece de carencias insubsanables para fundar una condena". Por ejemplo -señala- "no concreta periodo temporal preciso en que los comportamientos del acusado pudieron producirse (...) especialmente, cuando el matrimonio contrajo matrimonio unos cuarenta años antes de la presentación de la denuncia en 2015".

El juez ponente dice que "echa en falta" que no se aprovechara el acto del juicio para precisar el momento concreto en que fueron cometidos los hechos.

También dice la Sala que la sentencia que ahora se revoca utilizó en el relato de hechos probados "expresiones genéricas e imprecisas en el desarrollo temporal" y que "no precisa nada sucedido en los últimos cinco años anteriores a la presentación de la denuncia".

La sentencia del Juzgado de lo Penal -ahora revocada- declaró probado que "el acusado, movido siempre por su voluntad de dominar y someter a su esposa, sentó las bases de la relación matrimonial unilateralmente y bajo las premisas de control, dominación y humillación constante, y ello, desde los inicios de la relación conyugal".

Durante la relación -añadía- la sometió a vejaciones, como decirle que no servía para nada y que si quería dinero, que se dedicara a ejercer la prostitución.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00