Política
Empleo público

La Junta tendrá que indemnizar a dos interinas por no convocar sus plazas durante ocho años

CCOO CLM espera sentencias similares para las más de cien demandas de casos análogos en la Junta y en los ayuntamientos

Cadena SER

Toledo

El juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real ha condenado a la consejería de Educación de Castilla-La Mancha indemnizar a dos trabajadoras interinas por la tardanza de la Administración en convocar los procesos selectivos reglamentarios. CCOO, sindicato que ha llevado ambos casos,  espera sentencias similares para las más de cien demandas de casos análogos que tiene planteadas en la región, tanto frente a la JCCM como frente a numerosas corporaciones locales.

Las sentencias que han sido facilitadas  sostienen que los contratos de interinidad del personal laboral público dejan de ser temporales y pasan a ser ‘indefinidos no fijos’ con derecho a indemnización cuando la administración sobrepasa el “plazo improrrogable” de tres años establecido para cubrir las plazas vacantes mediante la correspondiente “oferta de empleo público o instrumento similar”

Condición de "indefinidos no fijos"

El sindicato anima a todas y todos los laborales interinos que lleven más de tres años ocupando plazas vacantes en cualquier administración pública a instar judicialmente el reconocimiento de su condición de ‘indefinidos no fijos’; y a reclamar la indemnización de 20 días por año cuando finalmente la plaza sea cubierta por el procedimiento reglamentario previsto... porque "un contrato de interinidad por vacante en las administraciones públicas sin concurrencia de cualquier otra irregularidad, en los tres primeros años de su duración es un contrato temporal sometido a plazo". 

Las trabajadoras, ambas con la categoría profesional de Técnico Especialista en Jardín de Infancia, fueron contratadas como personal laboral interino de la consejería de Educación en 2010 y 2012 y permanecieron en sus respectivos centros de trabajo, en dos escuelas infantiles de la provincia de Ciudad Real, hasta el año pasado, cuando finalmente se les comunicó la extinción de sus contratos al tomar posesión de las plazas sus respetivos titulares.

La consejería sobrepasó así el “plazo improrrogable” de tres años que establece el Estatuto Básico del Empleado Público para cubrir las plazas vacantes mediante la correspondiente “oferta de empleo público o instrumento similar”, y deberá indemnizar a las trabajadoras con 10.599 y 7.708 euros, respectivamente.

Las sentencias pueden ser recurridas en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de CLM,

 
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