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La administración pierde 10.000 euros por caducar un expediente a una empresa de Palencia

Un juzgado confirma que la infracción existió, pero la Dirección General de Empleo tardó cuatro años en resolver

Caduca una sanción de 10.000 euros en Palencia tras detectar irregularidades la Inspección de Trabajo / cadenaser.com

Caduca una sanción de 10.000 euros en Palencia tras detectar irregularidades la Inspección de Trabajo

Palencia

Todo apunta a que estamos ante un ejemplo palmario de defectuoso funcionamiento de la administración. El Juzgado de lo Social número 2 de Palencia ha dictado una sentencia en la que se revoca una sanción de 10.001 euros a una empresa ubicada en el Polígono Industrial de la capital ya que entiende que el procedimiento sancionador ha caducado. Lo más llamativo es que habiendo un plazo preceptivo de seis meses para resolver, la Dirección General de Empleo tardó cuatro años en hacerlo.

El empresario, representado por la abogada Amaya Rodríguez de AFYSE Abogados, demandó a la Dirección General de Empleo al entender que el procedimiento contra su empresa había caducado, aspecto que ahora confirma el juzgado palentino. Esa mala praxis administrativa se traduce en que la administración central dejará de ingresar los 10.000 euros que le correspondían porque la infracción se produjo realmente, tal y como se señala en la resolución judicial.

El 9 de julio de 2014 la Inspección de Trabajo hizo una visita a la empresa. Tras las pertinentes comprobaciones, se confirmó que en el centro había una mujer trabajando que no había sido dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y era titular del subsidio de desempleo para menores de 45 años, incompatible con la realización de trabajos por cuenta ajena. No existía comunicación con carácter previo al Servicio Público de Empleo Estatal de su baja en el subsidio por desempleo.

Fue entonces cuando a la empresa se le impuso la sanción de 10.001 euros por infracción muy grave. La infracción consiste en dar ocupación como trabajadores a beneficiarios o solicitantes de pensiones u otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. El fallo estuvo en que la administración no resolvió en el plazo de seis meses. Lo hizo en cuatro años lo que deja sin efecto la aplicación de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social que también incluía la pérdida de ayudas, bonificaciones y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.

 

 

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