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Botellón

Puente del Arzobispo endurece su ordenanza botellón

Ha prohibido su práctica en cualquier punto de la localidad

El Puente del Arzobispo / Juan Carlos Fernández Carrasco (Alfarería)

Talavera de la Reina

El Ayuntamiento de El Puente del Arzobispo ha decidido endurecer su ordenanza contra el botellón y ha prohibido su práctica en cualquier punto de la localidad, con la excepción de las dos jornadas festivas más importantes del municipio, San Juan y Santa Catalina.

En declaraciones a EFE, el alcalde puenteño, Manuel Casillas, ha explicado que a finales del 2010 se aprobó una normativa que permitía hacer botellón cualquier día, aunque en una zona reservada para ello, junto al puente que atraviesa el río Tajo.

Casillas ha señalado que con el paso del tiempo las concentraciones de jóvenes y el consumo de alcohol en este espacio han ido generando más suciedad y molestias a los vecinos y, al mismo tiempo, han ocasionado desperfectos en forma de pintadas en el pontón, levantado a finales del siglo XIV por orden del entonces arzobispo de Toledo, Pedro Tenorio.

Del mismo modo, ha indicado que la práctica del botellón en este punto no reunía solo a jóvenes de la localidad, sino que últimamente también se estaban concentrando otros llegados de localidades cercanas.

Por todo esto, y tras acuerdo inicial en Pleno celebrado el pasado 20 de diciembre, el Consistorio ha optado por incrementar la regulación del fenómeno, tal y como se puede apreciar en la nueva ordenanza publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

El texto establece que el botellón estará absolutamente prohibido en todo el casco urbano de la localidad, a excepción de en fechas permitidas, como es el caso de la celebración de San Juan a finales del mes de junio o Santa Catalina a finales de noviembre.

No obstante, el primer edil ha aclarado que podría permitirse en otras jornadas que coincidan con puentes festivos o con otras fechas festivas de especial relevancia.

La normativa, que entrará en vigor una vez concluido el periodo de exposición pública fijado en 15 días hábiles, contempla para los infractores sanciones que van de los 50 a los 500 euros

 
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