Las multas en el mar son papel mojado
En este comienzo esperanzador, queda corregir la errónea calificación del ruido como infracción leve

"La línea roja" de Matías Vallés (11/02/19)
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Palma
La primera multa a un crucero por ruidos es significativa, por lo menos hasta que se detalla que la sanción asciende a 720 euros.
O dicho de otra forma, inferior a la recaudación diaria de una sola máquina tragaperras del buque.
Sin embargo, esa cantidad simbólica invierte la ley náutica de que las multas en el mar son papel mojado.
Véase por ejemplo el castigo a las infracciones de los yates que fondean arrasando con la posidonia, y que nunca será ingresado por las arcas públicas.
Y qué contraste con la efectividad del Estado a la hora de cobrarse las cantidades adeudadas por los propietarios de coches humildes, y que les son arrancadas de sus cuentas corrientes si es preciso.
De ahí que cuando la Autoridad Portuaria sancionadora se felicita de la “muy buena disposición” del crucero multado, habría que advertir a la entidad pública de que no se exceda en sus parabienes al infractor.
En este comienzo esperanzador, queda corregir la errónea calificación del ruido como infracción leve, y extender la persecución a las embarcaciones atronadoras lejos de los puertos.
Hay que seguir protestando, sin banderas si es posible.




