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Consigue recuperar 11 años después el dinero que pagó por el impuesto de sucesiones

Tras interponer varios recursos la Justicia le da la razón a esta jiennense y la comunidad valenciana deberá devolverle lo que en su día abonó

Dinero en efectivo. / Radio Jaén

Jaén

Final feliz para una jiennense que 11 años después y gracias a la Justicia y al trabajo del gabinete jurídico de Marcos Gutiérrez Abogados ha recuperado lo que en su día pagó por recibir una herencia de su madre, que había fallecido en Alicante. Su hermana, la otra heredera, residía también en esta capital valenciana y al percibir la herencia, en 2008, se le aplicó una exención del 99% del impuesto de sucesiones, al contrario que a la hermana que vivía en Jaén. Ahora, tras este largo periodo de procedimientos, la Justicia le ha dado la razón y una sentencia del Tribunal Constitucional le permitirá recuperar y cobrar la cantidad que en su día abonó a la Comunidad Valenciana. 

Todo comenzó en 2008 cuando una mujer fallecía en Alicante dejando su herencia a dos hijas, una que residía en la misma localidad valenciana y otra en Jaén. Al presentar ante la oficina liquidadora de Santa Pola, perteneciente a la Consejería de Economía y Hacienda de la Generalitat Valenciana, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones, a la hija residente en Alicante se le aplicó una exención del 99%, por lo que se libro de pagar esa cantidad, mientras que a la que residía en Jaén se le obligó a pagar el impuesto en su totalidad.

Desde entonces, y tras abonar la cantidad meses después, la jiennense presentó un escrito en la propia oficina de la localidad alicantina de Santa Pola para solicitar una revisión del acto por entender que la no aplicación de esta bonificación por residir en una comunidad distinta vulneraba, entre otros, los artículos 14 y 31 de la Constitución Española. 

Eso fue a finales de 2008 y desde entonces todo fueron procedimientos extensos y complejos. Primero la Oficina Liquidadora denegó esta revisión, por lo que esta mujer interpuso un recurso de nulidad de pleno derecho, que a su vez fue denegado por silencio administrativo. Entonces, la jiennense volvió a interponer un Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Elche que dio origen a un procedimiento ordinario.

En contra de la Constitución

Además, en los procedimientos, la mujer residente en Jaén siempre alegaba en su defensa que se le discriminaba por razón de residencia, ya que se le cobraba por vivir en Andalucía un dinero que su hermana no debía ingresar por residir en Alicante, contraviniendo el articulo 14 de la Constitución Española. 

Los hechos llegaron también al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía e incluso al Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que es la entidad que al final ha acabado condenando a la consejería valenciana a hacer una nueva liquidación del impuesto de Sucesiones en este caso, aplicando a esta jiennense la bonificación del 99% y obligando a la administración a devolver las cantidades indebidamente ingresadas, más intereses y costas.

Virgilio Moreno Valenzuela

Licenciado en Periodismo por la Universidad de Málaga. Es redactor y locutor en Radio Jaén desde el...

 
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