Juicio en Palencia por un accidente mortal en Villalcázar
En el banquillo se sienta el propietario del coche por cederlo al otro acusado a sabiendas de que consumió alcohol y cocaína
Palencia
El Juzgado de lo Penal de Palencia sienta este jueves en el banquillo a dos jóvenes a quienes las acusaciones pública y particular responsabilizan del accidente registrado en febrero de 2017 en Villalcázar de Sirga, donde falleció la conductora de un turismo que chocó contra el que ocupaban los dos primeros, con la particularidad de que el segundo de los encausados no es el conductor sino el copiloto del turismo causante del siniestro. En sus escritos de calificación provisional, fiscal y acusación particular, esta última en representación de la familia de la víctima, imputan a ambos jóvenes un delito de homicidio por imprudencia, un delito de lesiones imprudentes y, en el caso del conductor, Sergio M.C, otro delito contra la seguridad vial, con peticiones de cuatro años de cárcel para cada uno de ellos y privación del carné de conducir durante cinco años y tres meses, así como una multa de 2.880 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
En concepto de responsabilidad civil, los acusadores solicitan que los dos acusados, de forma conjunta y solidaria, indemnicen a los familiares de la mujer fallecida, Mapfre Familiar ya ha abonado las indemnizaciones, con otros 6.938 euros al varón que la acompañaba en el turismo, José G.S, por las lesiones y secuelas sufridas, con responsabilidad civil directa de la referida compañía y subsidiaria del propietario del vehículo.
El siniestro se produjo sobre las 02.15 horas del día 19 de febrero de 2017 cuando, como así sostienen los acusadores, Sergio M.C. iba al volante de un Audi A4, propiedad del también acusado que iba de copiloto, y también ocupado por una mujer y a la altura del kilómetro 6,516 de la carretera autonómica P-980 (carretera N-120-Frómista), dentro del término de Villalcázar de Sirga, irrumpió en el carril contrario y colisionó frontalmente con el Renault Clio conducido por la mujer falleció y ocupado también por José G.S, que quedó malherido.
Las acusaciones coinciden en que el accidente se produjo porque el conductor conducía a una "velocidad excesiva, sin diligencia y precaución necesarias para una conducción exenta de riesgos" como consecuencia de la previa ingesta de alcohol y cocaína. De hecho, en las pruebas a las que fue sometido arrojó una tasa de 0,84 y 0,87 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, a lo que se suma el positivo también en consumo de cocaína.
Lo llamativo del caso es que de los mismos hechos se imputa igualmente al copiloto y propietario del turismo, Miguel Ángel F.F, no por haber arrojado igualmente resultados positivos en consumo de alcohol (0,96 y 0,89) sino por haber consentido a su compañero de banquillo que condujera su turismo, "de forma voluntaria y siendo plenamente consciente de la situación en la que se encontraba" su amigo porque le había visto con sus propios ojos ingerir las referidas sustancias.