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Absueltos todos los acusados en el juicio de las prejubilaciones millonarias de Caja Segovia

Se declaran de oficio las costas originadas en el procedimiento, con la excepción de las costas causadas a Juan Bautista Magaña Busutil, las cuales se imponen expresamente a la Fundación Caja Segovia

Una de las sesiones del juicio de las prejubilaciones de Cajja Segovia / Radio Segovia

Una de las sesiones del juicio de las prejubilaciones de Cajja Segovia

Segovia

Todos los directivos de la extinta Caja Segovia acusados de administración desleal y apropiación indebida  han sido absueltos en el juicio de las prejubilaciones de Caja Segovia, según la sentencia hecho pública este martes.

La sentencia absuelve a Manuel Escribano,  Enrique Quintanilla, Antonio Luis Tapias, Atilano Soto, Elena García Gil y Manuel Agudíez de los delitos de apropiación indebida y administración desleal de los que venían siendo acusados por la acusación particular ejercida por Fundación Caja Segovia y la acusación popular ejercida por Izquierda Unida, con todos los pronunciamientos favorables, y declarando de oficio las costas originadas en el procedimiento.

La sentencia absuelve también a Juan Bautista Magaña, Miguel Ángel Sánchez, Óscar Varas, Juan Antonio Folgado y Malaquías del Pozo de las pretensiones civiles formuladas contra los mismos, en su condición de partícipes a título lucrativo, por la acusación particular ejercida por Fundación Caja Segovia y la acusación popular ejercida por Izquierda Unida, en el caso de Miguel Ángel Sánchez Plaza. Asimismo, el Tibunal absuelve a CASER de la pretensión civil ejercitada en su contra por las referidas acusaciones.

En la resolución judicial, que será recurrida al menos por Izquierda Unida, queda recogido que "no ha quedado probado que se hubieran producido notables e injustificados aumentos de retribuciones por parte de los directivos con anterioridad a los acuerdos cuestionados". Además el escrito sostiene que "tampoco ha sido ofrecida prueba con virtualidad suficiente para concluir que las retribuciones de los directivos de Caja Segovia y que sirvieron de base para las prejubilaciones fueran desproporcionadas" y que en la fecha de los hechos que se juzgan "no existían normas jurídicas vinculantes que pudieran limitar las retribuciones de aquéllos". La sentencia también refleja que "no ha sido ofrecida prueba alguna de la que se desprenda que Caja Segovia recibiera ayudas públicas antes de la integración en el SIP de las siete Cajas"

Se declaran de oficio las costas originadas en el procedimiento, con la excepción de las costas causadas a Juan Bautista Magaña, las cuales se imponen expresamente a la Fundación Caja Segovia.

Durante las sesiones del juicio, los abogados de los acusados intentaron convencer al Tribunal que el consejo de administración estaba capacitado para validar las propuestas que le llegaban y tenían la información necesaria; Caja Segovia era solvente y no recibió ayudas públicas y el Plan de prejubilaciones era legal.

Por su parte, las acusaciones  manifestaron durante el proceso que los consejeros desconocían el importe de los sueldos de los directivos, que se fijaban ellos mismos, y todo ello so pretexto de que la confidencialidad y la protección de datos imperaran sobre la transparencia en las cuentas de una institución que era de carácter benéfico e interés social.

 

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