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El TSJ reduce la condena al agresor del abreostras acusado de amenazar e intentar matar a su mujer

El tribunal no aprecia la agravante de género que sí consideró la Audiencia Provincial

El agresor en el momento del juicio que se celebró en Palencia / Radio Palencia

El agresor en el momento del juicio que se celebró en Palencia

Palencia

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rebajado un año y cinco meses la pena de prisión impuesta a un hombre condenado por amenazar e intentar matar a su mujer. El Tribunal no aprecia la agravante de género que sí consideró la Audiencia Provincial de Palencia en una sentencia en la que le impuso 10 años y dos meses de cárcel (8 años y medio por un delito de tentativa de homicidio y 20 meses por amenazas graves). La Sala por tanto ha estimado parcialmente el recurso del agresor y le condena a un total de 8 años y nueve meses.

Según la Sala, "la sentencia consideró indebidamente probado que la insistencia mostrada por el acusado y dirigida a ver a la víctima resultaba enmarcada en un carácter posesivo y controlador hacia la mujer que ya había sido expresado a lo largo de su relación y que se enmarcaba en una idea de dominio y superioridad machista y que en esa sola afirmación sustentaba en su fundamento séptimo la controvertida agravante; pero, ya hemos dicho que no aceptábamos este concreto inciso, por cuanto el mismo no se veía acompañado de ningún apoyo probatorio y porque no delimitaba ningún concreto acto demostrativo de la conducta descrita, limitándose a justificarla en afirmaciones genéricas tales como el propio contenido de las comunicaciones realizadas entre ambos y que obran en autos, en las que se muestran expresiones que, integren o no una amenaza, están destinadas a doblegar la libertad de criterio de la víctima, tratando de imponer su voluntad sobre ella, dentro de ese ámbito de control y celos, pero sin pormenorizar, insistimos, concretas afirmaciones que puedan llevarnos a compartir el criterio del Tribunal a quo”.

Se declara expresamente probado que: 1.-Sobre las 16:30 horas del día 27 de febrero de 2017, Oel acusado , de 37 años, con la finalidad de recoger unos enseres personales que tenían el garaje, se personó en la vivienda donde residiía su pareja de 38 años, con los hijos comunes de ambos de 6 y 1 año, respectivamente. Tras haber recogido dichos enseres, le manifestó a su mujer su deseo de ver a sus hijos, comenzando a subir las escaleras de acceso a la vivienda y, como quiera que la mujer  le mostró lo inoportuno de hacerlo, el condenado le dirigió diversos insultos, manifestándole seguidamente "te voy a matar, voy ahora mismo a por un cuchillo" y continuó subiendo las escaleras, haciéndolo detrás su ex pareja ante el temor de que pudiera hacer daño a los niños y, una vez en presencia de éstos,El acusado volvió a salir, momento en que se dirigió de nuevo a ella diciéndole: "si no lo hago es porque están los niños delante".

Al final de la tarde del 3 de marzo de 2017, el hombre envió la mujer numerosos mensajes WhatsApp insistiéndole, con diversas excusas, en que fuera personalmente a su domicilio a llevarle a los niños. Como quiera que ella se opuso a ello por lo tardío de la hora y a la vez le mostraba reiteradamente su oposición a quedar con él, pese a su insistencia, llegando a manifestarle que "cuanto más lejos estés de mi mejor", Oel hombre le contestó en mensajes enviados entre las 20:52 y las 20:55 horas, que "eso es es", "Ttraankiila", "Ke vas a estar lejos", "muy lejos". Finalmente quedan para que a las 10 de la mañana del día siguiente, la mujer le entregue los niños en su domicilio. Pese a ello, sobre las 10 de la noche comienza una nueva conversación por el mismo medio, reiterando sus comentarios acerca de su relación y su interés en seguir viéndola, y en el curso de la misma, siendo ya la 1:39 horas del día 4 de marzo, le envió un nuevo mensaje en el que le hacía constar "sólo te acudes de lo que te dije en la escalera", frase que acompañó con emoticones de diablos. A las 10:00 horas

del día 4 de marzo de 2017, la mujer en unión de sus dos hijos menores de 6 y 1 año, con el fin entregarle los niños al agresor conforme habían quedado la tarde antes y en cumplimiento del régimen de visitas que habían pactado, aparcó su vehículo en la calle de él. Al percatarse de su presencia, el condenado le hizo señas desde el portal de su domicilio para que se aproximara pues estaba a una cierta distancia. Pese a ello, ella , por miedo a que le pudiera hacer algo, dadas las expresiones que le había dirigido el día anterior y el 27 de febrero, se quedó en el interior del vehículo haciendo caso omiso de las llamadas del hombre , quien, al ver que la mujer no bajaba del coche, comenzó a correr hacia él, momento en que Carolina , ante el temor que le infundía la situación, trató de cerrar las puertas, lo que no logró por su estado de nerviosismo y la rapidez con la que actuó el condenado , quien tras abrir la puerta de la conductora que ocupaba Carolina y, con un cuchillo abre ostras (instrumento con capacidad de corte y penetración, con hoja de 5,6 cm de longitud y 1,5 cm de ancho), le propinó de forma inopinada cinco pinchazos de entre uno y dos centímetros cada uno.


 

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