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Condenado el Ayuntamiento de Arroyomolinos y su alcalde por vulnerar el derecho a la información de una concejal del PSOE

Se trata de una sentencia que será recurrida por el Ayuntamiento

Andrés Martínez, alcalde de Arroyomolinos / Cadena SER

Móstoles

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid condena al Ayuntamiento de Arroyomolinos y a su alcalde por vulnerar el derecho fundamental reconocido en el artículo 23 de la Constitución Española, declarando también la nulidad de la desestimación del Alcalde, Andrés Martínez de Ciudadanos, respecto a la petición de información relativa a la empresa municipal EMUGESA, y ordena que se permita el acceso completo a la información solicitada. Además, le imponte las costas al ayuntamiento, y se fija la suma en 1200 euros. Ante esta sentencia cabe recurso de apelación.

La concejal socialista y candidata por el PSOE, Pilar Sánchez, asegura la sentencia, que legitimada en su calidad de concejal del ayuntamiento de Arroyomolinos, pidió en reiteradas veces, completa información respecto a distintos contratos referidos tanto a los trabajadores, como al director gerente de la empresa municipal de gestión de servicios, EMUGESA, así como información respecto a "los avatares judiciales habidos referentes a una trabajadora en concreto". Según la sentencia, el alcalde, Andrés Martínez de Ciudadanos, "deniega indirectamente dicha información, limitándose el regidor a remitir unas instrucciones, para que la empresa municipal de respuesta a la solicitud y cuando corresponde a la propia administración municipal ofrecer directamente la información correspondiente".

Posteriormente tampoco se da cumplimiento a esta obligación de satisfacer el derecho de información y acceso a la documentación de la concejal, según la sentencia. La propia sentencia dice claramente que por parte del alcalde "se desconoce así de forma palmaria ese derecho que ampara a la concejal" y que "en modo alguno puede soslayarse con argumentos tales como la falta de personal, carga de trabajo o criterios de racionalidad y proporcionalidad porque la petición reiteradamente presentada se refiere concretamente a una serie de contratos igualmente relativos a una concreta sociedad municipal, por lo que no existe motivo legal alguno que ampare la negativa del alcalde".

Por su parte, fuentes municipales han destacado que el "Ayuntamiento siempre ha cumplido con los requerimientos de información" y que en este caso el Grupo Municipal Socialista solicitó tanto información municipal como información de la Empresa Municipal de Gestión de Servicios (EMUGESA).

Aseguran estas fuentes, que en el caso de la información municipal se entregó "en tiempo" y sobre las informaciones de EMUGESA, "se entregó la totalidad de lo requerrido pero fuera de plazo, en el Juzgado, por razones logísticas y antea la cantidad de información requerida".

Además, destacan que la sentencia no es firme por lo que será recurrida.

Belén Campos

Belén Campos

Directora de contenidos de SER Madrid Oeste. Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense....

 
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