Hora 14 Palencia y ProvinciaHora 14 Palencia y Provincia
Actualidad
AP Palencia

Condenado a tres años de cárcel por agredir a un matrimonio en una discusión

Los hechos ocurrieron en junio de 2016 en el marco de una discusión vecinal en Guardo

Getty Images

Palencia

La Audiencia Provincial de Palencia ha condenado a un hombre de 44 años, vecino de Guardo, a la pena de tres años de cárcel por dos delitos de lesiones cometidos contra un matrimonio, vecino suyo, al que agredió con un cuchillo de cocina durante una discusión, a la pena de multa de un mes a razón de 6 euros al día con responsabilidad subsidiaria en caso de impago de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas; con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Los hechos juzgados y ahora condenados por la Audiencia de Palencia ocurrieron el 9 de junio de 2016 en un domicilio de Guardo, donde vivían las víctimas. Según la sentencia, los dos vecinos discutieron porque sus hijos estaban jugando al fútbol en una zona ajardinada del edificio donde vivían ambos y, a causa de la discusión, el ahora condenado entró en su vivienda, cogió un cuchillo de la cocina y se dirigió a la casa de su vecino, que estaba en el rellano. Se abalanzó sobre él, mientras éste trataba de defenderse forcejeando con su vecino, lo que le originó un corte en la mano.

Además en ese momento salió de la vivienda la esposa del agredido, quien trató de quitar el cuchillo al ahora condenado momentos en los que sufrió un corte en la mano derecha y heridas en la mano izquierda, por las que tuvo que permanecer ingresada dos días en el hospital y ha necesitado 383 días de recuperación. Dichas lesiones le han dejado además secuelas con limitación de movilidad en la mano y un trastorno adaptativo ansioso-depresivo que requiere para su curación terapia ansiolítica-antidepresiva.

El agredido, mantuvo durante la agresión una actitud defensiva, consecuencia de la cual el agresor sufrió lesiones, si bien el juzgado ha entendido que esa actitud genera necesariamente la aplicación del a eximente de legítima defensa. Por el contrario, se mantuvo que el agresor era conocedor de que su acción iba a producir un resultado de lesiones y con un propósito lesivo, ya que el hecho de portar un cuchillo “excluye una acción imprudente”.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00