Absuelto el exdelegado de la Xunta de Galicia en Ourense
La Audiencia Provincial apunta que 'ninguna de las pruebas' evidencian que los procesados se hayan apropiado de parte alguna de la subvención
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a Rogelio Martínez, exdelegado de la Xunta de Galicia en Ourense, que se enfrentaba a 16 años de prisión acusado de supuestamente defraudar subvenciones de la Unión Europea dirigidas a la construcción de una planta de biomasa y la puesta en marcha de cinco talleres de artesanos en el municipio de Arnoia, en el que fue alcalde.
En un primer momento, además del exalcalde de Arnoia estaban citados como investigados en la misma causa otras diez personas. Sin embargo, después de la primera sesión de la vista oral la Justicia ya estimó prescritos los delitos para siete de los acusados. Por tanto, el procedimiento sólo siguió adelante para Rogelio Martínez y otras tres personas que también han sido absueltas por la Audiencia.
Para el responsable financiero y administrativo del Centro de Iniciativas para el desarrollo del Val do Miño (Ceivam), Pablo Fernández, y el gerente del centro, Juan Emilio Aparicio, la acusación particular solicitaba 16 años. Mientras que, para Gumersindo Álvarez Rodríguez, representante de Actuar S.L., rebajaba la petición a 10 años de prisión porque no le consideraba culpable del delito de falsedad documental.
En la causa tan sólo se ha personado la acusación popular ejercida en nombre de la Asociación para o progreso de O Ribeiro, vinculada al PSOE. Por su parte, la Fiscalía mantuvo su petición de libre absolución al no encontrar indicios delictivos.
LA SENTENCIA
El fallo considera que no existen indicios de que los investigados tuviesen conocimiento "de la disfunción existente entre la realidad que acreditaban los documentos presentados y las obras realmente ejecutadas".
Además, en el caso concreto del exdelegado de la Xunta de Galicia en Ourense, la Audiencia Provincial de Ourense entiende que, a pesar de firmar la reversión de la finca donde se implantó la planta de tratamiento de la biomasa y su posterior cesión a Actuar, "no permite afirmar que fuese conocer de las obras realizadas".
Frente a esto, la acusación popular ha considerado que el exdelegado de la Xunta sabía que los promotores de la estación de biomasa no cumplían los requisitos para acceder a las subvenciones y que no habían destinado los recursos necesarios para la ejecución material del proyecto.
La Audiencia también sostiene en su fallo que "la conducta enjuiciada no fue en ningún caso una conducta de apropiación de caudales públicos, ni por quienes tenían la obligación de su custodia, ni por terceros".
Asimismo, los jueces mantienen que "ninguna de las pruebas practicadas en instrucción y tampoco las verificadas en el plenario, han evidenciado que los miembros del órgano de gestión de Ceivam se hayan apropiado de cantidad alguna derivada de la subvención".
TRECE AÑOS DE LA DENUNCIA
La sentencia ha sido dictada casi 13 años después de que se interpusiera la denuncia en el año 2006 por parte del BNG de Arnoia, que acabó retirándose del proceso.
Los hechos se remontan a 1999, a raíz de la presentación de un proyecto de construcción de una planta de biomasa en el Ayuntamiento de Arnoia al amparo del Plan Leader II, por un importe de 13 millones de las antiguas pesetas --unos 78.000 euros-- y que finalmente no llegó a ejecutarse.