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30 vuelos con salida o llegada en Foronda podrían verse afectados por la huelga de Ryanair

Los tripulantes de cabina de la aerolínea irlandesa irán a la huelga diez días en el mes de septiembre

La compañía irlandesa ha anunciado recortes en su plantilla en toda Europa / Michele Tantussi (Getty Images)

La compañía irlandesa ha anunciado recortes en su plantilla en toda Europa

Vitoria

La huelga anunciada este lunes por los los tripulantes de cabina de Ryanair, después de fracasar la reunión entre los mediadores de sindicatos y la empresa, afectará de forma directa al aeropuerto de Foronda, en el que tan solo opera la aerolínea irlandesa.

Los trabajadores han convocado paros los días 1, 2, 6, 8, 13, 15, 20, 22, 27 y 29 de septiembre contra el  cierre de las bases de Gran Canaria y Tenerife Sur y los despidos en la compañía irlandesa. Tenerife sur es, además, una de las conexiones disponibles desde Vitoria.

En esos diez días de huelga anunciados por los tripulantes de cabina, hasta 30 vuelos con salida o llegada en Foronda podrían verse afectados. 30 vuelos, 10 de la conexión con Milán, otros 10 con Colonia y 10 más con Palma.

Todavía es pronto para saber si los 30 vuelos se verán afectados, primero habrá que ver cuál es el nivel de seguimiento de la huelga por parte de los trabajadores. También falta por saber cuáles son los servicios mínimos que establecerá el Ministerio de Fomento —los trabajadores esperan que se anuncien este jueves—, y que en las últimas huelgas han sido bastante amplios.

¿Qué hago si cancelan mi vuelo?

En caso de verse afectado por la cancelación de un vuelo, el reglamento de la Comunidad Europea 261/2004 recoge que, en caso de cancelación o retraso superior a cinco horas, las aerolíneas deben ofrecer a los pasajeros la posibilidad del reembolso en 7 días o un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápido posible.  Además, las compañías están obligadas a prestar asistencia al viajero proporcionándole comida y bebida durante la espera al transporte alternativo. También deben facilitar  alojamiento gratuito en caso de que sea necesario.

Además según esta ley existen unas compensaciones automáticas que se cobrarán siempre que se cumplan dos requisitos: que se trate de una circunstancia previsible y evitable. De ser así, al no tratarse de un caso de fuerza mayor la compañía aérea deberá hacerse cargo de unas compensaciones que varían en función de la distancia del trayecto: En vuelos de hasta 1.500 kilómetros, una compensación de 250 euros; en vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros, la compensación ascenderá a los 400 euros; y si el vuelo es de más de 3.500 kilómetros, la compensación será de 600 euros.

 
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