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Paredes de Nava recurre la normativa que restringe los horarios de bares y eventos en fiestas

Desde el consistorio se considera que la nueva Orden supone un nuevo varapalo para la actividad económica en el mundo rural

Ayuntamiento de Paredes de Nava (Palencia) / cadenaser.com

Paredes de Nava

Desde el Ayuntamiento de Paredes de Nava (Palencia) se ha decidido hacer frente a la nueva medida, impuesta por el gobierno autonómico para toda Castilla y León, consistente en restringir de forma general los horarios especiales de apertura de establecimientos y celebración de eventos durante las fiestas locales en los municipios de la región. Y es que desde la reforma de la orden autonómica Orden FYM/214/2019 de 5 de marzo que regula la materia por parte de la Junta de Castilla y León, promulgada en marzo de este año, ya no es posible la concesión de horario libre a los establecimientos hosteleros durante las fiestas locales, tal y como tradicionalmente se hacía en muchos municipios previa solicitud de sus Ayuntamientos. A partir de ahora, la Junta ha fijado un “tope” general de ampliación de horarios durante las fiestas locales, de tal manera que la apertura no podrá exceder de dos horas en ningún caso sobre el horario habitual, haciendo desaparecer para siempre el tradicional horario libre característico de las fiestas patronales de los pueblos.

El Ayuntamiento de Paredes de Nava ha decidido recurrir en alzada la resolución de la Junta por la que, en base a esta nueva Orden, se rechaza otorgar horario libre a los establecimientos del municipio durante las próximas fiestas patronales, en contra de lo que se venía haciendo tradicionalmente.

Desde el consistorio se considera que la nueva Orden supone un nuevo varapalo para la actividad económica en el mundo rural, generando una tendencia de empobrecimiento de las festividades locales y su atractivo turístico que no tiene ningún sentido pues, a diferencia de las ciudades, donde el conjunto de establecimientos compiten con discotecas y locales que tienen licencia para abrir de madrugada, esto no ocurre en los pueblos, donde dichos locales no existen y por tanto, la limitación de horarios no halla justificación alguna, pero en cambio sí crea un nuevo desequilibrio entre los municipios pequeños y los grandes en la celebración de festividades y eventos singulares.

Desde el consistorio se considera que la reforma de dicha orden autonómica sobre horarios puede ser ilegal por contradecir a la Ley 7/2006 de 2 de octubre de Espectáculos Públicos de Castilla y León, la cual podría no habilitar, -según fuentes jurídicas consultadas-, al gobierno de la Junta para regular y limitar de forma genérica, y por la vía reglamentaria, los horarios singulares (como son los de las fiestas patronales), al tratarse de una materia reservada a la ley, y respecto de la que no existe delegación expresa para su desarrollo reglamentario (lo que sí ocurriría, en cambio, para la fijación de los horarios generales). Además, la nueva medida tampoco se ajustaría a los requisitos del Artículo 19 de dicha Ley, que exige que los horarios tengan en cuenta las singularidades y circunstancias del lugar y las actividades a realizar, siendo evidente que una limitación que se establece “para todos” y de forma “general” difícilmente puede cumplir estos requisitos de flexibilidad y adaptación a cada supuesto particular.

De la suerte de este recurso promovido por el Ayuntamiento de Paredes de Nava, en caso de prosperar, podría beneficiarse el conjunto de municipios de toda Castilla y León, pues lo que está en liza es la legalidad de la Orden FYM/214/2019 de 5 de marzo,aplicable en todo el territorio castellano leonés.

 
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