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José María López: "Los empleados que no fueron a trabajar por la DANA tienen derecho a cobrar esos días"

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Murcia

CCOO denuncia que se han dado casos de empresas que han despedido a empleados en la Región porque no acudieron al trabajo durante la DANA, cuando el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales señala que estas ausencias laborales tienen su justificación.

José María López señala que cuando el personal de la empresa esté expuesto a un riesgo grave o inminente el empresario está obligado a adoptar medidas para que los trabajadores puedan interrumpir su actividad y abandonar de inmediato el lugar de trabajo, y en base a las recomendaciones dadas por las autoridades en muchas localidades, "la DANA han supuesto un riesgo grave e inminente".

Dice que esos días se deben de pagar al trabajador aunque no hubiera ido y las horas empleadas en la limpieza de los efectos de las lluvias consideradas extras.

Entrevista a José María López. CCOO. La Ventana

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Desde CCOO constatan que algunas empresas "no permitieron la salida de trabajadores pese a haberse ordenado la evacuación", por lo que se estudian las circunstancias que dieron lugar a dicha negativa para trasladar las correspondientes denuncias a la Inspección de Trabajo.

 
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