Sociedad
Agresiones sexuales

Condenado a 14 años de prisión por agresión sexual y maltrato a su pareja

El acusado, de 38 años, ha sido condenado por violación, maltrato habitual, maltrato no habitual, amenazas e injurias

Cadena Ser

San Sebastián

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha condenado a un hombre a catorce años y nueve meses de prisión por los delitos de agresión sexual, maltrato habitual, maltrato no habitual, amenazas e injurias contra una mujer con la que mantuvo una relación "análoga a la conyugal" entre 2009 y 2014.

El Ministerio Fiscal reclamaba para el acusado, de 38 años, una pena de 16 años y seis meses de cárcel por violación, maltrato habitual en el ámbito familiar además de una orden de alejamiento de 20 años, señala la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.

La acusación particular, representada por el letrado José Ramón del Barrio, reclamaba por su parte un total de 17 años de reclusión por los delitos de violación, maltrato físico habitual, delito continuado de amenazas leves y de injurias en el ámbito familiar.

La sentencia, emitida por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial el pasado 18 de septiembre, señala que el acusado, defendido por Gloria Revuelta, y la víctima convivieron en un domicilio en San Sebastián entre 2009 y 2010, tras lo cual y, hasta la ruptura definitiva de la relación de pareja, los periodos de convivencia fueron intermitentes.

"Desde el inicio", pero "sobre todo desde 2012", sometió a la mujer a actos de "violencia física y psicológica consistentes en bofetadas y empujones", señala la sentencia en los hechos probados.

Además la "zarandeaba", la "cogía fuertemente de los brazos" y le profería expresiones como "eres una hija de puta, ni tus hijos te quieren, eres una mierda, no vales nada, no vales como mujer"; "si te veo con otro hombre te voy a matar" o "no te pego porque está tu hija delante", agrega la sentencia.

Detalla que "un día" de enero de 2017 en el domicilio que compartían en Errenteria a pesar de que su relación sentimental había concluido el procesado propuso mantener relaciones sexuales a la mujer, que manifestó su negativa.

Sin embargo el hombre "hizo caso omiso y, abalanzándose sobre ella, procedió a penetrarla vaginalmente", a pesar de que la víctima "intentó quitárselo de encima mientras le decía que parara".

Finalizada la penetración el procesado dijo a la mujer "¿ves como no pudiste hacer nada?.- Las mujeres no sois nada", indica la sentencia.

En otra ocasión en el mismo domicilio de Errenteria "le agarró por los brazos y la empujó hacia atrás" lo que provocó que la mujer se golpeara la cabeza contra la puerta.

Además, detalla la sentencia, la víctima presentaba "indicadores de sintomatología ansioso depresiva compatible con la experiencia de maltrato en el contexto de violencia de género que se manifiesta en dificultades para conciliar y mantener el sueño, falta de apetito, inseguridad y miedo", que agravaron una afectación emocional previa.

La Audiencia Provincial ha dictaminado además la prohibición de acercamiento del procesado a la mujer a una distancia inferior a 500 metros, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por ella durante 22 años y 3 meses.

 
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