Cuatro condenados por planear un trasplante ilegal
Contactaron con varias personas de escasos recursos, a quienes llegaron a hacer pruebas de compatibilidad, para compararles un órgano
Valencia
La Audiencia Provincial de Valencia ha dictado este lunes, de forma oral, la segunda sentencia en España por promoción de trasplante ilegal y ha condenado por ello a cuatro hombres libaneses a penas de entre uno y dos años de prisión.
Tres acusados por haber ofrecido dinero y trabajo a posibles donantes han aceptado la pena de dos años de prisión y el receptor, que fue finalmente trasplantado con parte del hígado de su hijo, se ha conformado con un año.
La petición inicial de la Fiscalía era de tres años de prisión para el enfermo y siete años para otros cuatro acusados, si bien antes del juicio ha habido un acuerdo entre las partes y se ha reducido tanto la petición de condena como la cifra de condenados, tras la libre absolución de uno de ellos.
Los hechos se remontan a abril de 2013, cuando el enfermo, un libanés residente en ese país, contactó con dos sobrinos suyos que vivían en España y regentaban una empresa en Novelda (Alicante) para que encontraran un donante vivo, "sabedor del prestigio de esta cirugía en nuestro país", según relata la Fiscalía en su escrito de acusación.
Tanto los sobrinos como el hijo del enfermo y otro compatriota libanés comenzaron entonces las gestiones para "la materialización de dicho trasplante, con evidente quebranto de la legislación española relativa a la donación de órganos entre vivos", agrega la acusación pública.
Así, contactaron con ocho candidatos, personas que eran "especialmente vulnerables tanto por su procedencia como por su penuria económica".
A varios de ellos llegaron a pagarles las pruebas en diferentes clínicas médicas de España para conocer su compatibilidad como donantes con el paciente; y en muchos casos, siempre según la versión de la Fiscalía, les ofrecieron dinero o trabajo, entre otras prebendas, a cambio de la donación.
A una de las "candidatas" les ofrecieron un matrimonio de conveniencia con un compatriota por 10.000 euros, mientras que a otros un puesto trabajo en el Líbano, además de ofertas económicas.
También contactaron con una refugiada, que accedió a realizarse las pruebas de compatibilidad y que descubrió en este proceso que estaba embarazada, motivo por el cual fue descartada.
A pesar de sus esfuerzos, no encontraron a personas que quisieran asumir el riesgo o que fueran admitidas como posibles donantes en el Hospital Clínico de Barcelona, cuyos profesionales detectaron irregularidades en el proceso.
Finalmente, el hijo del enfermo, que aseguraba traer información médica del Líbano relativa a que su hígado era pequeño y que no podía ser donante de su padre, fue evaluado en España y, viendo que era posible el trasplante, se realizó en agosto de 2013.
Sin embargo, la Jefatura Superior de Policía de la Comunidad Valenciana tuvo conocimiento de algunas de las maniobras realizadas por los acusados en una clínica privada de València, donde habían pagado pruebas analíticas a potenciales donantes, y se inició una investigación al respecto.
Este asunto es el segundo que se juzga y condena en España por este tipo delictivo, dado que solo existe un precedente de una sentencia de 13 de octubre de 2016 de la Audiencia Provincial de Barcelona en un caso similar, según la Fiscalía Provincial de Valencia.