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El TSJ rebaja las pretensiones de indemnización de Proincove

El TSJ de Castilla y León desestima el recurso de los promotores de este polémico caso en el que solicitaban la revisión del cálculo de los últimos intereses

Terrenos expropidos por el Ayuntamiento a Proincove en la ribera del río Arandilla / Cadena SER

Terrenos expropidos por el Ayuntamiento a Proincove en la ribera del río Arandilla

Aranda de Duero

El ayuntamiento de Aranda ha recibido el respaldo de los tribunales en su pretensión de no un pagar un euro más de lo imprescindible por el Caso Proincove: el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de los promotores de esta firma que pretendían aplicar a su favor una serie de criterios para el cálculo de los intereses que hubieran supuesto inicialmente el pago de 120.000 euros más por parte del ayuntamiento.

De esta manera se modifica la cantidad reconocida en 2017 cuando el mismo tribunal dio por bueno el cálculo unilateral de Proincove. Sin embargo los letrados del servicio jurídico contratado por el ayuntamiento alegaron indefensión para los intereses municipales, al no haber podido recurrir en su momento por un problema en la notificación de los trámites. Fue al segundo intento cuando el tribunal permitió alegar al ayuntamiento, admitiendo un recurso que se ganó en julio del pasado año por el que se rebajaron inicialmente en 120.000 euros los primeros intereses calculados. En aquel momento Proincove solicitaba un tipo de interés del 5% (interés moratorio) frente a 3% (interés legal) que finalmente fue el que reconoció el TSJ de Castilla y León.

Como la decisión no fue satisfactoria para la firma, pese a que esta cantidad era apenas el 1,5% del total de casi ocho millones de euros que se ha visto obligado a pagar el Ayuntamiento, Proincove volvió a recurrir el cálculo, solicitando en esta ocasión que los intereses se aplicaran sobre el capital principal, es decir, 5.335.871 y desde la fecha de la sentencia de primera instancia, esto es diciembre de 2013. En el nuevo auto del tribunal desestima íntegramente el recurso de PROINCOVE y se le reconoce al ayuntamiento su pretensión de que el cálculo del interés legal se haga solo sobre la cuantía de los intereses de demora (1.986.162 euros) y fijando como fecha de inicio para el cálculo el 7 de julio de 2017, esto es, el momento en que finaliza el pago del capital principal.

Este auto puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo o ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del propio TSJ.

 

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