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El TSJPV anula la Ordenanza de Pisos Turísticos de San Sebastián

La sentencia no entra a valorar el fondo de la norma, lo que defiende es que el instrumento utilizado para la regulación no es válido

Eneko Goia y Nekane Arzallus dan a conocer los detalles de la sentencia del TSJPV que anula la ordenanza de regulación de las viviendas turísticas / Ayuntamiento San Sebastián

San Sebastián

 El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado la Ordenanza Reguladora de Viviendas de Uso Turístico del Ayuntamiento de San Sebastián.

 La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TJPV ha atendido el recurso presentado por la Asociación Anfitriones Basque Country Hosts, que solicitaba la anulación de la ordenanza reguladora de las viviendas de uso turístico aprobada por el Ayuntamiento de San Sebastián en el pleno del 1 de marzo de 2018.

 En su sentencia, el tribunal declara nulo el último párrafo del artículo 8.4 del Plan General de Ordenación Urbana de 2010 de Donostia. Dicho párrafo señalaba que “las ordenanzas municipales mencionadas en el anterior artículo podrán reajustar y complementar dichas y regulación, siempre que la misma se adecue a los parámetros establecidos a ese respecto en el planeamiento urbanístico, y contribuya a una más clara y precisa exposición del régimen de regulación de los usos urbanísticos”.

En consecuencia, el TSJPV declara “nulo” el acuerdo del 1 de marzo de 2018 de aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora del uso de vivienda turística y de alquiler de habitaciones en vivienda habitual para uso turístico.

 El alcalde de Donostia / San Sebastián, Eneko Goia, ha señalado que la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación al Tribunal Supremo. En este sentido, Goia ha indicado que los servicios jurídicos municipales van a preparar dicho recurso “con el fin de defender el planeamiento básico del Ayuntamiento representado por el Plan General, que esta sentencia pone en cuestión”. Es decir, que el consistorio contempla la regulación de las viviendas turísticas a través de las normas urbanísticas del Plan General que se están siendo revisada y que pueden estar aprobadas definitivamente antes de que el fallo final de la sentencia sea conocido.

 Por tanto, y en tanto en cuanto la sentencia no sea firme, la actual ordenanza de usos turísticos “sigue en vigor” y no obliga al Ayuntamiento a tomar ninguna decisión administrativa sobre los pisos actualmente existentes, por lo que a corto plaza, esta cuestión no tiene efectos prácticos.

 Goia ha puesto de relieve que la sentencia anula una norma “que estaba en vigor desde hace años, que nunca ha sido cuestionada judicialmente, y que ha servido para desarrollar otra serie de normativas de rango inferior, sin que haya existido cuestionamiento alguno”.

El alcalde ha señalado en esta línea que el Ayuntamiento está trabajando desde hace tiempo en la tramitación de la modificación de las normas urbanísticas del nuevo Plan General “incorporando aquellos aspectos que los diferentes tribunales están señalando”, de forma que el nuevo planeamiento sea “jurídicamente más sólido”. El gobierno municipal quiere aprobar durante los próximos meses la modificación de las normas del PGOU, para su aprobación definitiva a la mayor brevedad posible.

 

 
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