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Ocho años de prisión por abusar sexualmente de una niña de trece años aturdida por el consumo de alcohol

La Audiencia Provincial condena por abuso sexual a un joven de 20 años tras considerar probado que penetró tres veces a la víctima que no opuso resistencia al encontrarse bajo los efectos de la bebida

Fachada de la Audiencia Provincial de Burgos / Cadena SER

Aranda de Duero

La Audiencia Provincial de Burgos ha impuesto una pena de ocho años de prisión a un joven que abusó sexualmente de una niña de 13 años en Aranda, manteniendo hasta tres relaciones sexuales mientras ella se encontraba bajo los efectos del alcohol

Según la sentencia se considera probado que durante una de las noches de las fiestas de Aranda de 2018 la víctima se percató de que no tenía las llaves de su vivienda, por lo que se fue a dormir junto a una amiga a la casa del condenado, al que habían conocido ese mismo día y con el que habían estado en la verbena en compañía de otros jóvenes. Ya en la vivienda, el joven, que contaba con 20 años en aquel momento, se acostó en la misma cama que la menor, a la que desnudó de cintura para abajo para penetrarla hasta en tres ocasiones. Dice la sentencia que la víctima no opuso resistencia “estando bajo los efectos de la previa ingesta de bebidas alcohólicas”, añadiendo que tras los sucedido, se vistió y se quedó dormida en la cama.

También figuran como hechos probados varias conversaciones en redes sociales entre el condenado, la víctima y una amiga de ella sobre lo sucedido durante esa noche. Mientras el joven manifiesta su preocupación por haber podido dejar embarazada a la menor reconociendo hasta tres relaciones sexuales sin preservativo, la víctima se muestra desconcertada al recordar poco o nada de lo sucedido afirmando que se encontraba “borracha” en aquel momento. Pese a que varias de estas conversaciones fueron borradas antes de ser aportadas como pruebas, varios testigos las avalan, como la madre de la menor, que fue quien interpuso la denuncia varios días después al descubrir los mensajes en el móvil de la niña. Aún así la sentencia reconoce que el testimonio de la menor en este juicio es la prueba más contundente contra el acusado. El tribunal asegura que cumple los requisitos marcados por la jurisprudencia para ser considerada prueba de cargo, ya que es persistente en los hechos nucleares de la denuncia, carece de móvil espurio al no tener relación previa con el condenado al que acababa de conocer y es un testimonio verosímil apoyado por las pruebas periféricas.

Por el contrario el tribunal no considera creíble la versión del condenado, que pese a reconocer que durmió con la menor en su casa niega que existiera relación sexual de ningún tipo. El joven sí reconoce haberle dicho a una amiga de la víctima que habían hecho tres veces el amor, pero asegura que fue para que le dejara en paz por su insistencia en preguntarle si había pasado algo. Por la misma razón explica que le recomendó que su amiga se hiciera un test de embarazo para que comprobara que no había sucedido nada.

El tribunal afirma que la valoración de las pruebas en su conjunto les lleva a dar por veraz la versión de la menor, por lo que ratifican la calificación del delito que pedía Fiscalía, quien solicitaba una condena por abuso sexual a una persona menor de 16 años. Eso sí, la pena impuesta es de ocho años de prisión, dos menos de los que solicitaba el Ministerio Público, que por cierto, en este caso es la única acusación personada.

La sentencia impone también una orden de alejamiento a una distancia de 500 metros y el pago de una indemnización de 4.000 euros más el interés legal.

 
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