El TSJA baja la pena a Ana Julia, pero mantiene la prisión permanente revisable
Ana Julia Quezada sigue condenada a prisión permanente, pero evita otros 5 años y 9 meses
Almería
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirma la condena de prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada por el asesinato con alevosía del pequeño Gabriel Cruz Ramírez y rechaza la celebración de un nuevo juicio oral.
La sala avala la actuación de la magistrada Alejandra Dodero durante las instrucciones a los miembros del jurado popular y, por ende, el veredicto sobre el principal delito, el asesinato. “Las indicaciones fueron correctas, útiles y adecuadas a la naturaleza de los extremos más delicados sobre los que había de pronunciarse el jurado”, subraya el TSJA.
La decisión respalda la magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, la interpretación realizada por la fiscal Elena Fernández Lora y, más importante, la valoración de las lesiones realizada por los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) de Almería.
Por tanto, el pequeño Gabriel Cruz murió asesinado en la finca de Rodalquilar sin ensañamiento y no agonizó “entre 45 y 90 minutos” como sostiene la acusación particular a través de un informe médico de parte.
La sentencia es contraria en este punto a los recursos de la acusación y de la defensa, que entendía que la magistrada orientó al jurado popular hacia el asesinato con alevosía. La acusación quería una condena más dura, mientras la defensa apostaba por una resolución de homicidio que permitiera evitar la cadena perpetua.
Ahora bien, la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJA va más allá e introduce un cambio importante en la condena a Ana Julia Quezada. Los magistrados Miguel Pasquau, Juan Ruiz-Rico y Lorenzo del Río absuelven a la acusada de dos delitos de lesiones psíquicas a los padres.La estimación parcial del recurso del letrado Esteban Hernández Thiel supone, en la práctica, que la procesada evite de cinco años y nueve meses de prisión adicionales. Esta pena entraría en juego con una posible derogación de la prisión permanente en el futuro (o la revisión de la condena).
Los magistrados consideran que los padres sufrieron “un inconmensurable sufrimiento (y probables secuelas psicológicas o psiquiátricas) derivado del hecho de perder a un hijo de ocho años de manera violenta y de manos de una persona cercana al círculo familiar”. Está acreditado un informe forense.caso.
Sin embargo, matizan que este dolor está incluido y castigado en el propio delito de asesinato. “Aunque pueda calificarse de lesión, no puede dar lugar a un reproche penal adicional, sino únicamente a una mayor indemnización en concepto de responsabilidad civil”, indica el tribunal.¿Y qué pasa con la participación en manifestaciones, las palabras de ánimo y el engaño a la familia por parte de la acusada?
El TSJA también interpreta la existencia de estos comportamientos y por eso mantiene la condena por daños morales (un año de cárcel por daños a Patricia Ramírez y un año y medio de cárcel por daños a Ángel Cruz).
“Una cierta sobreactuación y protagonismo y las palabras de esperanza que dirigía a los padres” pueden considerarse valorables “a fin de integrar un delito autónomo”. Según la resolución, “no tienen entidad para integrar un delito de lesiones psíquicas, pero sí la tienen para constituir un delito contra la integridad moral”.
Javier Romero
Responsable de Informativos de SER Almería desde 2005.
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