Nueve años de inhabilitación para Echávarri por el despido de la cuñada de Barcala
Esta inhabilitación se suma a los doce años a los que fue condenado el exalcalde socialista, Gabriel Echávarri, por el fraccionamiento de contratos en el área de Comercio
Alicante
Nueva inhabilitación para el exalcalde de Alicante Gabriel Echávarri. Ha sido condenado a nueve años por el despido, en abril de 2017, de Catalina Rodríguez, funcionaria interina y cuñada del actual alcalde, Luis Barcala, entonces portavoz del PP en la oposición. La sentencia de la sección Tercera de la Audiencia Provincial mantiene que Echávarri actuó como "acto de venganza contra Barcala, ya que este le había denunciado en Fiscalía por fraccionamiento de contratos en Comercio.
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El fallo, notificado este martes y al que ha tenido acceso Radio Alicante, considera a Echávarri responsable del delito de prevaricación administrativa por el que le acusaba la Fiscalía, que pedía 10 años de inhabilitación.
Además, mantiene que Echávarri inició el proceso para cesar a Catalina Rodríguez como "represalia" hacia Barcala el mismo día en el que el popular acudió a Fiscalía por el conocido como caso Comercio. Una causa, por cierto, por la que el exalcalde socialista está condenado a 12 años de inhabilitación para cargo público, a los que se suman ahora estos nueve.
El tribunal considera probado que Echávarri "ordenó de forma unilateral e injustificada" el cese de la empleada, la "única entre cientos de interinos, y que se logró materialmente de manera torticera por el acusado", cuya actuación "supuso una verdadera desviación de poder". También destaca que Echávarri ordenó el despido de Rodríguez "fuera de todo procedimiento legalmente establecido, de manera abrupta, sorpresiva e injustificada" y que su finalidad no era ya "perjudicar" a la cuñada de Barcala, sino que "constituía un acto de venganza contra el entonces portavoz del PP en el Ayuntamiento".
Por todo ello le condena a 9 años de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación administrativa. Contra el fallo cabe recurso de apelación en diez días ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.