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El Juzgado avala la reversión de la parcela de Benedictinas en la que se proyectó un centro deportivo

La resolución judicial considera ajustada a derecho la acción del Ayuntamiento de Zamora y condena en costas a la empresa demandante

Parcela de la zona de Vista Alegre en la que se proyectó el centro privado de instalaciones deportivas / Ayuntamiento de Zamora

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Zamora ha avalado la recuperación por parte del ayuntamiento de la capital de la parcela de la zona Vista Alegre de 8.000 metros cuadrados y falla en contra de la empresa demandante Albori Ocio S.L.

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Esta parcela, ubicada en el denominado Sector 21 de Benedictinas, había sido vendida por el Ayuntamiento de Zamora a la empresa demandante en el año 2007 para la construcción de un centro de actividades deportivas y cuya ejecución nunca llegó a llevarse a cabo.

En el pleno municipal del 30 de noviembre de 2017 aprobaba la resolución del contrato de enajenación de la citada parcela para su reversión al patrimonio municipal, tras no haber respondido la empresa a las distintas notificaciones enviadas por el consistorio zamorano a causa del incumplimiento de los plazos para el inicio de las obras, según lo recogido en el pliego de condiciones. Un incumplimiento que la empresa ha justificado en la aparición en la parcela de una tubería de gas natural o de otra perteneciente de la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) así como la expropiación de terreno por parte de ADIF para la construcción de la línea del AVE.

Por su parte, el ayuntamiento ha alegado que la empresa “no impugnó en su momento la caducidad de la licencia de obra y ambiental”, y que este tipo de contrato, de naturaleza administrativa especial, prevé expresamente la reversión de las edificaciones existentes en el caso de incumplimiento por parte del contratista, así como "que no se puede obtener un beneficio de un incumplimiento”.

En el fallo emitido por el juzgado, se considera ajustada a derecho el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Zamora para recuperar esta parcela, desestima el recurso de Albori Ocio S.L. y condena a la empresa demandante a abonar las costas del proceso judicial por una cantidad de 3.000 euros más I.V.A.

 
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