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Un exconcejal de Urbanismo de La Algaba acepta dos años de cárcel por un delito de malversación

La Fiscalía ha retirado la acusación contra el exalcalde, José Luis Vega

Ayuntamiento de La Algaba / Ayuntamiento de La Algaba

Ayuntamiento de La Algaba

Sevilla

El exconcejal de Urbanismo del Ayuntamiento de La Algaba ha aceptado una condena de dos años de cárcel por un delito de malversación de caudales públicos en relación con una licencia de obras para la construcción de 81 naves industriales en unos terrenos de la localidad. El acusado iba a ser enjuiciado por un jurado popular; pero la vista no se celebrará tras el acuerdo de conformidad alcanzado jueves entre todas las partes. El acusado ha aceptado la imposición de una condena de dos años de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de tres años por un delito de malversación de caudales públicos con la atenuante de dilaciones indebidas, "dado que la causa ha sufrido paralizaciones desde su inicio el 28 de octubre de 2014 por causas no imputables al investigado". En concepto de responsabilidades civiles, deberá además indemnizar al Ayuntamiento de La Algaba con 300.000 euros. En el mismo acto de la conformidad, la defensa ha interesado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por el periodo de dos años y se ha comprometido a satisfacer las responsabilidades civiles, concesión a la que no se han opuesto ni el Ministerio Público ni la acusación particular ejercida por el Consistorio. Con anterioridad al acuerdo de conformidad, el Ayuntamiento de La Algaba retiró su acusación contra el exalcalde de La Algaba José Luis Vega, a quien también acusaba inicialmente del mismo delito de malversación de caudales públicos. El Ministerio Público relata en su escrito de acusación que, en el año 2006, el investigado era teniente de alcalde y concejal delegado de Urbanismo en el Ayuntamiento, un cargo que “desempeñaba con excesivo celo debido a las diferencias políticas con el alcalde y otros miembros del Gobierno local que pertenecían a otras formaciones políticas”. Según el fiscal, ello motivó que “ejerciera un control directo de todos los proyectos y promociones atinentes” a las competencias de la Delegación de Urbanismo, entre las que se encontraba la solicitud de licencia de obras para la construcción de 81 naves industriales que una promotora presentó en enero de 2006. En este sentido, añade que ello originó la incoación de un expediente de licencia de obras, con pago el 12 de abril de 2006 por parte de la promotora de las tasas correspondientes a dicha licencia, siendo informado favorablemente por los técnicos del Ayuntamiento y motivando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de concesión de licencia urbanística para las 81 naves. La Fiscalía precisa que dicho acuerdo incluía un punto donde se establecía la condición de que el promotor procediera a la liquidación de derechos y tasas por importe de 256.979,24 euros, señalando este acuerdo que “antes del inicio de las obras debía constituir garantía por importe del 6% del presupuesto general de las obras de urbanización” y especificando que “la garantía citada se constituirá en la Tesorería de la Corporación en metálico, valores de deuda pública o aval de entidad bancaria de reconocida solvencia o de crédito o caución”. “Con la finalidad de pago de dicha garantía”, ascendente a 300.000 euros, el representante legal de la promotora acudió al Ayuntamiento el 14 de junio de 2006 y entregó el citado importe en metálico al entonces concejal de Urbanismo, una cantidad que “no fue ingresada por el acusado en las arcas municipales, no emitiéndose carta de pago por la Intervención Municipal, ni constando entrada en la cuenta de la Tesorería municipal, ni su pago entre las liquidaciones del expediente de licencia urbanística”, según expone el Ministerio Público. La Fiscalía, asimismo, explica que “no consta que el acusado haya empleado esta cantidad para pago a proveedores del Ayuntamiento (...), disponiendo libremente el mismo de los 300.000 euros como si fueran de su titularidad, apartándolos de su destino y finalidad de servir de depósito y garantía del cumplimiento de las obligaciones urbanísticas por el promotor, debiendo proceder el Ayuntamiento a su devolución”.

 

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