Economia y negocios

Empleo habilita una plataforma online para agilizar la tramitación de los ERTE

La resolución de la Autoridad Laboral se limitará a constatar la existencia de la fuerza mayor alegada

Ángel Herrador. / Cadena SER

Córdoba

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha redefinido con urgencia los procedimientos para simplificar al máximo la presentación, a través de una plataforma online, de las solicitudes de Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) por fuerza mayor que supongan la suspensión de las relaciones laborales o reducción de la jornada de los trabajadores.

El objetivo es facilitar las gestiones a las empresas con sede en Andalucía, agilizar el proceso y contribuir a que esta situación coyuntural tenga el menor impacto posible sobre el mercado de trabajo.

El delegado de Empleo, Ángel Herrador, mandan un mensaje de tranquilidad y aseguran que “la medida es poner en marcha una plataforma que haga que los trabajadores puedan percibir lo antes posible la prestación”. Herrador hace hincapié en que “las empresas presente de manera telemática la solicitud y así se agilizará la resolución, ya que se dispone solo de cinco día para contestar el expediente y son muchos los expedientes ya acumulados”.

De esta manera simplificada, las solicitudes consistirán en un formulario tipo que se puede presentar con o sin certificado digital. La documentación que es necesaria adjuntar queda recogida en una sencilla guía accesible desde la web, y consiste básicamente en documentación que acredite la actividad de la empresa, inscripción a la Seguridad Social del Código de Cuenta de Cotización (CCC) de los trabajadores afectados, memoria justificativa de la causa alegada (solo si la actividad de la empresa no está incluida entre las suspendidas por el Real Decreto), copia de la comunicación a la representación de las personas Trabajadoras, relación nominal de todos las personas trabajadoras afectadas, y acreditación de la Autoridad Sanitaria (en el caso de aislamiento o contagio de la plantilla decretado por la Autoridad Sanitaria).

Una vez admitida la solicitud que se presente por esta vía, la Autoridad Laboral podrá pedir informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que se emitirá en el plazo de 5 días, en caso de no recibir comunicación, el silencio administrativo es positivo.

La plataforma está accesible desde la web de la consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo.html

o directamente en este enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/areas/empleo/ERTE-COVID19.html#cinco


 
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