Las residencias deberán comunicar de inmediato la imposibilidad de conservar y retirar cadáveres

Las residencias de ancianos tendrán que comunicar determinadas situaciones de inmediato / ICAL

Valladolid
La residencias de ancianos deberán comunicar de inmediato a las autoridades de las comunidades autónomas y delegaciones de gobierno situaciones excepcionales tales como la imposibilidad de conservación y retirada de cadáveres por la ausencia de servicios funerarios disponibles derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Así lo pone de manifiesto la Orden SND/275/2020 por la que se establecen medidas complementarias de carácter organizativo, así como de suministro de información en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial, publicada este martes, 24 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Además de la imposibilidad para gestionar adecuadamente la conservación y retirada de cadáveres, los centros residenciales deberán comunicar de inmediato a las comunidades autónomas así como a la Delegación de Gobierno que corresponda la concurrencia de otras situaciones excepcionales como la incapacidad, por ausencia de medios personales, materiales, circunstancias físicas o de otra índole, de cumplir especialmente en lo relativo a las normas de aislamiento.
También deberán comunicar cualquier otra circunstancia análoga que ponga en grave peligro la integridad y sostenimiento del servicio que se presta.
Las autoridades competentes valorarán la situación, y auxiliarán la misma de forma coordinada activando todos los medios ordinarios y excepcionales disponibles en su territorio. Realizada la intervención, la comunidad autónoma notificará la situación abordada, medios activados y situación final a los Ministerios de Sanidad y de Derechos Sociales y para la Agenda 2030.




