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Los juzgados de Ponferrada consideran que debe cumplirse el régimen de custodia compartida

Han unificado criterios en cuanto a la custodia de menores durante el estado de alarma

Los jueces de Ponferrada unifican criterios sobre la custodia de menores durante el estado de alarma / Getty Images

Ponferrada

Los jueces del Palacio de Justicia de Ponferrada consideran que, como principio general, deben cumplirse con los periodos de intercambio de la custodia compartida salvo que concurran circunstancias excepcionales tales como la presencia de colectivos de riesgo en alguno de los domicilios ( personas de edad avanzada susceptibles a un contagio por parte del menor o personal sanitario de riesgo).

En el caso de que este régimen también dispusiese de visitas intersemanales, éstas quedarían suspendidas.

En cuanto a las custodias ostentadas por un solo progenitor,  con visitas para el otro, los jueces consideran que deberían suspenderse sin perjuicio de la compensación posterior al progenitor afectado por la privación de la visita. No se podrán realizar tampoco si suponen desplazamientos interprovinciales.

Se suspenden también las visitas realizadas a través de los Puntos de Encuentro Familiares al encontrarse cerrados al tiempo que se exige a los progenitores en compañía del menor que promuevan y faciliten la comunicación frecuente de los progenitores con los que el menor no conviva por medios tecnológicos.

En cualquier caso, los jueces apelan al sentido común de los progenitores para que consensuen soluciones atendiendo siempre al interés de los menores. Esos acuerdos  pueden materializarse por escrito (correo electrónico) y deben tener en cuenta que el progenitor privado de la compañía de los menores durante el estado de alarma debe ser compensado al final del mismo.

 
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