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El protocolo para las salidas de mayores de residencias tendrá en cuenta si están libres de contagios

Residencia en Puçol / europa press

Valencia

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Oltra: "Tienen que garantizar su cuidado y bienestar"

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El protocolo de la Conselleria de Políticas Inclusivas para las salidas de mayores de residencias de la Comunitat Valenciana tendrá en cuenta que la solicitud afecte a una persona con plena capacidad de obrar y que sea en un centro libre de contagios de coronavirus.

Así lo ha anunciado Mónica Oltra, que ya avanzó la medida tras el pleno del Consell de la semana pasada. El protocolo, consensuado con la Conselleria de Sanidad, permite la baja voluntaria de mayores en situación de dependencia y personas con diversidad funcional "siempre que se garantice su bienestar".

Se aplicará en las residencias o viviendas tuteladas que no tengan personas que hayan dado positivo en la prueba de Covid-19 o con síntomas compatibles entre sus residentes o profesionales. En los que sí, se implantará tras recabar las autorizaciones de la Conselleria de Salud Pública.

En general, el objetivo es facilitar el trabajo de los centros y dar tranquilidad a las familias, garantizando en todo momento la seguridad, la salud pública, el bienestar de la persona y la no vulneración de derechos.

La solicitud de baja la puede realizar el residente si tiene plena capacidad de obrar y suficiente juicio para autodeterminarse, así como familiares o tutores legales. Una vez autorizado, el traslado podrá ser a su propia vivienda, a la del familiar que lo solicita o a la residencia de otro miembro de la familia.

En todo caso, el familiar que vaya a ejercer de cuidador deberá comprometerse de manera fehaciente y firmar una declaración responsable sobre la idoneidad de la vivienda a la que se le vaya a trasladar.

La dirección del centro proporcionará elementos de protección para su salida, asegurándose de que el familiar responsable los recibe y se hace cargo. También se encargará de proporcionar un certificado para que se pueda justificar el traslado durante el estado de alarma.

PRESTACIONES RECONOCIDAS

El residente que tenga un grado de dependencia y/o derecho a la prestación profesional residencial podrá elegir la suspensión temporal del servicio. En este caso mantendrá el derecho a ocupar y retornar a esa misma plaza una vez finalizado el estado de alarma, debiendo cumplir con las obligaciones administrativas y el pago de tasas.

Si tiene reconocida una prestación vinculada al servicio, se le seguirá abonando siempre y cuando satisfaga el pago. Si, por el contrario, elige la baja, se entenderá que existe una renuncia a la prestación determinada en el PIA (programa individual de atención) o en la resolución reconocida en su día.

Los que estén en esta situación, una vez finalizado el estado de alarma, podrán volver a solicitar el recurso para la atención a personas en situación de dependencia que consideren, sin que el grado reconocido previamente se vea afectado por esta decisión.

 
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