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Los ayuntamientos ya pueden solicitar las ayudas de la Diputación para combatir el Covid-19

Para sufragar compra de material sanitario, para productos de limpieza o contratación de personal para asistencia a mayores

Trabajadores realizando tareas de desinfección / Diputación Ciudad Real

Trabajadores realizando tareas de desinfección

Ciudad Real

 Los Ayuntamientos de la provincia ya pueden dirigirse vía telemática a la Diputación de Ciudad Real, presidida por José Manuel Caballero, para tramitar ayudas con las que hacer frente a los gastos extraordinarios que están afrontando desde el pasado 14 de marzo como consecuencia de la crisis del coronavirus. Tienen de plazo hasta el 20 de abril.

La institución provincial ha puesto a disposición de todos los municipios un millón de euros, tal y como publica este lunes el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como se comprometió el presidente para contribuir a paliar la incidencia del COVID-19 en nuestro territorio.

Compra de suministros e inversiones excepcionales

El objetivo de la convocatoria es la concesión de ayudas de carácter extraordinario para la adquisición de suministros y/o la prestación de servicios, aunque con carácter excepcional se podrán financiar también inversiones, siempre que su cuantía no sobrepase el 30 por ciento de la cantidad asignada a cada municipio o eatim.

Las cantidades asignadas a cada ayuntamiento vienen determinadas por criterios objetivos. Existe un montante fijo por tramos de población en municipios y eatims hasta 3.000 habitantes y una cantidad proporcional según el número de habitantes para el resto, con un máximo de 90.000 euros. 

Los ayuntamientos deberán aportar una memoria descriptiva y valorada económicamente del programa de adquisición de suministros y/o servicios a realizar,  el presupuesto detallado y desglosado por conceptos de gastos. Habrán de incorporar, asimismo, una certificación del acuerdo o resolución de aprobación de la memoria dictada por el órgano competente de la entidad local

Contratación de personal para asistencia a mayores

Serán subvencionables los gastos extraordinarios que se produzcan para atender las necesidades ocasionadas con motivo del Covid-19, tales como productos sanitarios y farmacéuticos, productos de limpieza y desinfección, equipos de baldeo, contratación de personal para tareas de asistencia a personas mayores y dependientes.

Los técnicos del área responsable comprobarán las solicitudes y la documentación exigida, requiriendo a los interesados para que en el plazo de diez días hábiles subsanen los defectos, o se aporten los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran, se entenderá desistida su petición, previa resolución dictada a tal efecto.

Por otra parte, el pago de la subvención se efectuará en dos plazos. En primer lugar, se realizará un anticipo del 90 por ciento, una vez resuelta favorablemente la convocatoria por la Presidencia de la Diputación Provincial. El 10 por ciento restante se abonará previa presentación de la documentación justificativa del total del gasto realizado con cargo a la subvención.

 

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