Ayuntamiento y Diputación piden al Gobierno que recapacite en su decisión de impedir la salida de la Santa Faz
Barcala cree que "no tiene sentido que en otros pueblos de la provincia, gobernados por el PSOE, se hayan permitido actos similares" mientras que Mazón no encuentra justificación al argumento de la Subdelegación
Alicante
Ayuntamiento de Alicante y Diputación Provincial solicitan al Gobierno de España que recapacite y autorice la salida extraordinaria de la Reliquia de la Santa Faz desde su Monasterio, el próximo jueves 23 de abril, para ser trasladada al castillo de Santa Bárbara. La Santa Faz iba a bendecir la ciudad en esta lucha contra el coronavirus.
El acalde de Alicante, Luis Barcala considera que "no tiene sentido esta denegación" porque en otros pueblos de la provincia de Alicante, gobernados por el PSOE, se han autorizado actos similares.
"Sentimos que el Gobierno de España no haya tenido en cuenta esta sensibilidad hacia muchos miles de los alicantinos a los que esta bendición de la Santa Faz desde el Castillo supone una ilusión, esperanza y una motivación más en estos momentos tan duros que estamos viviendo todos" ha manifestado Barcala.
Luis Barcala: "Pido al Gobierno que reflexione y reconsidere esa decisión"
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El primer edil, del Partido Popular, recuerda que "en anteriores ocasiones la Santa Faz ha sido trasladada con motivo de otras crisis sanitarias como lo fueron la peste negra de 1648 y el cólera de los años 1804, 1854, 1865, 1870 y 1885".
Luis Barcala ha manifestado que "la Santa Faz es una devoción y un sentimiento arraigado en lo más hondo de los alicantinos y cuesta entender que una comitiva reducida a la mínima expresión, con solo tres personas y a la distancia que establece el protocolo sanitario, pudiera ser motivo para que el Gobierno impida la celebración de una tradición con cinco siglos en Alicante".
Por su parte, el presidente de la Diputación Provincial, Carlos Mazón no encuentra justificación a la argumentación ofrecida. "No se ajusta a la normativa a la que se refiere. Una autoridad ante una negativa así debe hacerla compatible con lo que sí está autorizando la Administración" ha asegurado.
Carlos Mazón pregunta cómo se puede alegar el riesgo de concentraciones de gente cuando este mismo domingo se autoriza a las grandes superficies como hipermercados a abrir sus puertas. "¿Cómo puede denegarse una escolta policial cuando la propia Policía sale todos los días a realizar controles con esas mismas condiciones?". "Cuál es exactamente el riesgo para la salud pública de una bendición desde lo alto del Castillo de Santa Bárbara?”, ha puesto de manifiesto Mazón.
El presidente de la institución provincial ha señalado que "las resoluciones administrativas no solo deben ajustarse exactamente a la normativa vigente, cosa que en mi opinión no hace esta, sino que además debe ser entendible y entendida y guardar coherencia con otras análogas al mismo contexto. Sólo así podrán tener la comprensión de la ciudadanía para su adecuado cumplimiento".
"Cuando no es así, la sensación que queda en el administrado es de arbitrariedad por parte del gobernante e indefensión por parte del gobernado". En este sentido, el presidente de la Diputación ha mostrado su satisfacción por la celebración en otros municipios de actos de similares características.
Escrito de la Subdelegación
El escrito remitido este viernes por la Subdelegación del Gobierno a Alcaldía expone que: "lamentamos comunicarle que no es posible atender a su petición conforme a la normativa vigente sobre el actual estado de alarma, al no encontrarse amparada esta actividad en dicha normativa".
Desde Subdelegación del Gobierno consideran que este acto no se encuentra dentro de las excepciones contempladas en el estado de alarma. En cuanto a prácticas religiosas, debe estarse a lo dispuesto por el artículo 11 de este mismo Real Decreto 463/2020: "La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro".
"Con este mismo objetivo, la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, posponía la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma, limitando la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación a un máximo de tres familiares o allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva, respetando siempre la distancia de uno a dos metros entre ellos (artículo 5)".
"Debe tenerse asimismo presente que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y toda la normativa que se ha dictado a su amparo, ha establecido medidas extraordinarias de contención y suspensión de numerosas actividades y servicios, así como restricciones de movilidad para todos los ciudadanos, con el objetivo de proteger la salud y seguridad de las personas y contener la progresión de la enfermedad. En la consecución de este objetivo es esencial la colaboración de todas las Administraciones e instituciones, no sólo desde la perspectiva de la garantía del cumplimiento de las normas por parte de los ciudadanos, sino también desde el punto de vista de la ejemplaridad que debe regir la actuación de todos los servidores públicos y todos los responsables de las distintas organizaciones de la sociedad civil".