Sociedad
Estado de alarma

Agricultores navarros ven "muy insuficiente" la autorización para cazar conejo y jabalí en sus fincas

La resolución de Desarrollo Rural permite el "control" de estas especies sólo a los titulares de explotaciones

Jabalíes / Cadena SER

Pamplona

Tener licencia de caza y ser titular de explotaciones agropecuarias registradas oficialmente en el departamento de desarrollo rural o empleado acreditado de la misma. Esos son los requisitos fundamentales para poder cazar conejos y jabalíes en el interior de esas explotaciones.

Al sindicato UAGN, la medida le parece "claramente insuficiente" porque no permite cazar en las fincas a cazadores ajenos a las explotaciones agropecuarias, tal y como se ha autorizado en otras comunidades como Castilla la Mancha, según explica David Navarro, agricultor cerealista de Tudela y vocal de la sección de jóvenes agricultores en la junta permanente de la organización agraria. Esta limitación durante los casi dos meses de confinamiento previstos en un principio va a suponer un crecimiento de la población de conejos y jabalíes que provoca graves daños en los cultivos; según dio a conocer UAGN el pasado diciembre, antes del Covid-19, los daños provocados por los conejos en los cultivos representaban unos costes de 1.200.000 euros anuales en Navarra. Ahora, con la caza muy restringida, esos daños pueden elevarse considerablemente.

En realidad, más que de caza, el departamento de Desarrollo Rural habla en su resolución del pasado viernes 17 de abril, del "control" de esas especies para tratar de reducir los daños que conejos y jabalíes puedan generar en los cultivos mientras dure el estado de alarma, ahora que no está permitida la caza como en circunstancias normales.

También ese control de estas dos especies está autorizado a "arrendatarios o empleados" de la explotaciones agropecuarias. Deberán desarrollar dicho control "en el ejercicio de sus competencias laborales".

La resolución del departamento de Desarrollo Rural señala además que "tanto en su desplazamiento como durante el desarrollo de la actividad, se podrá acreditar dicha titularidad mediante la ficha de registro de la explotación. En el caso de personas arrendatarias o empleadas, cada trabajador o trabajadora deberá portar un certificado emitido por el representante legal de dicha explotación. Además, las personas autorizadas para el control deberán portar en todo momento la licencia de caza, la documentación del arma y el resto de documentación cinegética reglamentaria".

 
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