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El TSJ retira la condena a un anciano por abuso sexual a su esposa aunque mantiene la de maltrato habitual

Revoca en parte la sentencia de la Audiencia y le condena a 22 meses de cárcel más 12 meses de prohibición de aproximación y comunicación con la víctima

Retiran la condena a un anciano de Palencia por abuso sexual durante décadas hacia su esposa, aunque mantienen la de maltrato habitual / Getty Images

Retiran la condena a un anciano de Palencia por abuso sexual durante décadas hacia su esposa, aunque mantienen la de maltrato habitual

Palencia

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado una sentencia, que no es firme, en la que absuelve a un octogenario de Palencia del delito continuado de abusos sexuales durante 50 años hacia su esposa por el que fue condenado por la Audiencia de Palencia. San embargo, la resolución del máximo tribunal de la Comunidad mantiene la condena por maltrato habitual a la mujer con una pena de 22 meses de cárcel y otros 12 meses de prohibición de aproximación y comunicación con la víctima. En la sentencia de primera instancia, el hombre de 87 años, que había sido denunciado por su hijo tras escuchar las amenazas de muerte hacia su madre, fue condenado a dos años y cuatro meses.

La sentencia, que no es firme, estima parcialmente los recursos de apelación interpuestos tanto por la Defensa como por el Fiscal. Con respecto a la absolución por el delito continuado de abusos sexuales durante décadas, el tribunal entiende que "en definitiva no existen pruebas concluyentes que permitan afirmar, más allá de toda duda razonable que la actuación del acusado a lo largo de más de 50 años de su matrimonio haya sido guiada únicamente por el propósito criminal de satisfacer sus deseos libidinosos con absoluto desprecio a la libertad sexual de su esposa, tal y como exige la calificación delictiva sobre la que se funda la condena".

Según los fundamentos de derecho de la resolución judicial, "antes bien, de las manifestaciones de ambos cónyuges se desprende, como ya se ha dicho, que ninguno de ellos ha considerado que dicha conducta ha comprometido la libertad sexual de la esposa, más allá del compromiso matrimonial libremente adquirido tal y como era entendido por ambos conforme a los usos socialmente aceptados en un entorno en que resultan difícilmente asimilables los vertiginosos cambios de mentalidad experimentados en otros ámbitos de la sociedad, lo que la coloca al margen del reproche penal".

 

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