Sociedad

Interior desmiente a López Miras: los controles de movilidad los ejercen las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Se trata de una instrucción del Ministerio del Interior remitida a todas las comunidades autónomas por el inicio de la desescalada

La Policía Nacional verifica los vehículos durante un control de movilidad / Europa Press EUROPA PRESS

Murcia

Una instrucción, publicada a raíz del inicio de la desescalada, que no marca diferencias con otras normativas pasadas publicadas durante el Estado de Alarma por parte del Ministerio del Interior, cuyas fuentes señalan a la SER "que nunca se ha pedido a la comunidad hacer esta labor".

Dicha normativa del Ministerio de Grande-Marlaska, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, publica las obligaciones de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, policías autonómicas y corporaciones locales, en provincias, islas o unidades de referencia a efectos de la desescalada, que se encuentran en la Fase 1 o inicial.

Entre los cometidos de las fuerzas de seguridad está velar por la observancia de las medidas a través de las cuales se flexibilizan las restricciones sobre libertad de circulación, establecidas en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Y en el ámbito social, dice que "se velará por el cumplimiento de las restricciones en materia de circulación por la provincia, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por los motivos que declara el Estado de alarma".

Nada que ver con que tenga que ser la Comunidad Autónoma la que asuma las competencias en el control de la movilidad, como dejó entrever el presidente López Miras en la rueda de prensa de ayer.

La instrucción mantiene su eficacia durante toda la vigencia del Real Decreto por el que se declara el estado de alarma, así como en sucesivas prórrogas.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00