Se abre la solicitud de voto por correo en las elecciones vascas desde la web de Correos
Se puede realizar mediante firma electrónica y se aceptarán como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Bilbao
La solicitud de voto por correo para las elecciones autonómicas del País Vasco ya puede realizarse de forma telemática desde la web de Correos, hasta el próximo 2 de julio, una medida puesta en marcha para proteger de la salud de los votantes y de los propios trabajadores de este organismo ante la situación generada por la pandemia del covid-19.
Según ha explicado Correos, la solicitud de voto para los comicios vascos del 12 de julio, lo mismo que para los gallegos que tendrán lugar en esa misma fecha, se puede realizar en su página web mediante firma electrónica y se aceptarán como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
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En todo caso, los electores también pueden realizar la petición de voto presencialmente en las oficinas de Correos. Esta solicitud debe ser realizada presencialmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditadas mediante certificación médica oficial, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, es necesario acreditar la personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.
Tanto en la solicitud de voto por correo telemática, como en la presentada en oficinas, el plazo concluirá el 2 de julio. A partir del 22 de junio, se procederá a la entrega de la documentación electoral del voto por correo al elector en su domicilio.
En ese momento, el personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, pasaporte o permiso de conducir y anotará el número del documento identificativo "dando fe de la recepción de los sobres y papeletas, sin que sea imprescindible que el elector firme la entrega", ha explicado Correos.
Además, en ese momento, el elector tendrá la opción de entregar al cartero los sobres electorales cumplimentados, caso en el que recibirá un justificante acreditativo del depósito de su voto, de modo que no tendrá que acudir posteriormente a una oficina. En caso contrario, podrá entregar su voto en las oficinas de Correos dentro de los plazos establecidos.