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Dos exalcaldes de Alonsotegi se sentarán en el banquillo "ante la verosimilitud de sus delitos"

Aitor Santisteban y Gabino Martínez de Arenaza, ambos del PNV, están acusados de supuestas actuaciones corruptas que podrían ser consideradas como malversación, fraude y tráfico de influencias, entre otros posibles delitos.

Ayuntamiento de Alonsotegi / Archivo

Ayuntamiento de Alonsotegi

Bilbao

La sección segunda de la Audiencia de Bizkaia ha resuelto sentar en el banquillo en un procedimiento de tribunal con jurado a dos ex alcaldes de Alonsotegi, ambos del PNV, junto a cuatro personas más, por supuestas actuaciones corruptas que podrían ser consideradas como malversación, fraude y tráfico de influencias, entre otros posibles delitos.

En un auto fechado el 26 de mayo, ese tribunal confirma la resolución del Juzgado de Instrucción número 1 de Barakaldo de julio de 2018, que determinaba que un tribunal del jurado resolviera sobre la culpabilidad de los seis acusados, y dictaba el sobreseimiento provisional respecto a un concejal.

El auto desestima prácticamente en su totalidad los recursos que reclamaban el sobreseimiento de las imputaciones. Los dos ex alcaldes, Aitor Santisteban y Gabino Martínez de Arenaza, habían argumentado en el mismo sentido sobre la falta de indicios para su acusación y lo inapropiado del procedimiento de su enjuiciamiento con jurado popular, argumentos que han sido rechazados por la Audiencia de Bizkaia.

Junto a ellos continúa el procesamiento de tres asesores legales y un arquitecto, todos ellos en relación con la gestión opaca de una sociedad municipal, Alonsotegi Eraikiz, a través de la cual el Ayuntamiento de Alonsotegi podría haber gastado alrededor de 7,3 millones de euros sin justificar su destino.

“La Sala estima que no hay norma alguna” que impida juzgar esos hechos con un jurado popular y destaca “la verosimilitud de los delitos y de su imputación provisional a los investigados”, si bien constata la dificultad de concretar la participación de cada uno de los imputados en los hechos.

La Audiencia de Bizkaia ha expuesto que la sociedad Alonsotegi Eraikiz fue constituida en 2002 por acuerdo del Ayuntamiento para realizar obras públicas, proyectos de urbanización y la conservación de inmuebles.

Los investigadas han tenido cargos de responsabilidad en la citada sociedad, formando parte de sus órganos de decisión y, por ello, “las acciones reprochables que se describen primero en la denuncia y luego en la querella, en la medida que se han visto indiciariamente confirmadas en la investigación, son atribuibles a dichas personas”, sostiene el tribunal como remisa de partida.

Esa sociedad “prescindió de modo absoluto de los principios de publicidad y concurrencia” en las contrataciones que realizaba. El auto cita la venta de unos terrenos por valor de 4,3 millones de euros, que “fueron cobrados por la sociedad pública”, sin que se conozcan el destino de dichas cantidades .

Relata también una operación urbanística del 2005 para la construcción del nuevo campo de fútbol municipal, cuyo “coste final de la obra fue un 64 % superior al importe adjudicado, con incumplimiento de la citada norma legal”. En ese convenio, el Ayuntamiento de Alonsotegi abonó a Alonsotegi Eraikiz 850.000 euros, desconociéndose el destino dado a ese importe.

La Sala también apunta “numerosas irregularidades” en la operación urbanística relativa a la UE Soloburu, para la urbanización de la Plaza de Madinabeitia y la construcción del Centro de Salud.

La sociedad municipal Eraizkiz se disolvió en abril de 2011 y cedió sus activos al Ayuntamiento de Alonsotegi. En su balance de diciembre de 2010, la sociedad contabilizaba existencias por valor de 15.980.000 euros, cuando los únicos bienes que pertenecían a la sociedad pública a esa fecha lo eran por valor de 476.000 euros.

“La operación con esa contabilidad buscaba en realidad que el Ayuntamiento abonase las deudas que la mercantil mantenía con las mercantiles beneficiadas por las adjudicaciones”, ha recogido el tribunal.

“El resultado fue que el Ayuntamiento abonó 2,6 millones por las deudas de Alonsotegi Eraikiz y se le ocasionó un perjuicio adicional de 700.000 euros”, ha concluido, al tiempo que ha citado las conclusiones del Tribunal Vasco de Cuentas “que específica en términos técnicos el número y la gravedad de las irregularidades cometidas”.

“Sobre estas bases es posible afirmar que la verosimilitud exigida no puede ser negada, respecto de hechos y personas indiciariamente responsables”, ha argumentado la Audiencia de Bizkaia, que promoverá investigar en esta causa los posibles delitos de tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, y negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos.

Esta causa se abrió en el año 2014, a raíz de una denuncia presentada por EH Bildu, por las supuestas irregularidades detectadas en la actividad de la sociedad urbanística

 
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