La Policía Municipal denunció a 43 personas el fin de semana por no llevar mascarillas
Desde el final del estado de alarma las denuncias por incumplir esta medida de protección alcanzan la cifra de 310

La Policía Municipal impuso 43 sanciones por no llevar la mascarilla / Ayuntamiento de Valladolid

Valladolid
El primer fin de semana en el que ha sido obligatorio el uso de la mascarilla de protección se ha saldado con 43 denuncias a personas que incumplían de forma "flagrante" esta obligación regulada por la Junta de Castilla y León. La Policía Municipal desarrolló el sábado y el domingo una labor basada fundamentalmente en la información y la advertencia. Sin embargo, también fue necesario levantar actas tanto el sábado como el domingo, actas que contemplan una sanción de 100 euros.
Desde la finalización del estado de alarma, el 21 de junio, los agentes de la Policía Municipal han continuado desarrollando su labor de control del cumplimiento de las medidas de seguridad derivadas del coronavirus y, de hecho, se contabilizan durante este periodo 310 denuncias a otras tantas personas que no llevaban la mascarilla cuando sí estaba contemplado su uso.
Julia González, intendente jefa de la Policía Municipal de Valladolid, ha hecho un llamamiento a la necesidad de llevar la mascarilla para prevenir la propagación de la enfermedad y evitar brotes que supongan un retroceso: “Es una cuestión de responsabilidad y de solidaridad con el resto de la población porque es una crisis sanitaria y la protección es un trabajo de todos”.
Según la modificación aprobada la semana pasada por la Junta de Castilla y León, los cambios se justifican en el incremento actual de la movilidad de personas en época estival, la aparición de determinados brotes epidemiológicos y el incremento de casos positivos en personas asintomáticas, lo que obliga a obliga a reforzar las condiciones y régimen de uso del medio de protección más eficaz y sencillo del que se dispone en estos momentos: la mascarilla.
Por ello, se valora como imprescindible para la reducción del riesgo de transmisión comunitaria de la COVID-19 establecer, con carácter general, su uso obligatorio en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
La obligatoriedad incluye su uso adecuado, de modo que cubra desde parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida; la mascarilla no debe estar provista de válvula exhalatoria, salvo en usos profesionales para los pueda estar recomendada.
Se exceptúan de la obligación su uso, además de en los supuestos previstos por el Real Decreto Ley 21/2020, en situaciones de consumo de alimentos y bebidas; durante la práctica de actividad física; en espacios de la naturaleza o al aire libre, fuera de los núcleos de población; y en piscinas, siempre que se mantenga la distancia interpersonal.
En cualquier otra circunstancia en la que el Plan haga referencia a la utilización de mascarilla por defecto de la posibilidad de mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, resulta ahora de obligado cumplimiento ambas medidas en todo caso: es decir, el mantenimiento de distancia de seguridad y el uso de mascarilla.

Mario Alejandre
Valladolid, 1977. Licenciado en Ciencias de la Información por la Universidad Pontificia de Salamanca....




