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Andalucía endurece las normas del ocio nocturno para un "rastreo más efectivo"

Los establecimientos tendrán que contar con un sistema de identificación de sus clientes

Barra de un bar / EUROPA PRESS

La Junta de Andalucía ha acordado este martes endurecer las normas de los locales de ocio nocturno, que tendrán que contar con un sistema de identificación de las personas que accedan a ellos para poder realizar un "rastreo más efectivo", y ha regulado por ley la prohibición de las botellonas.

Se trata de medidas adicionales aprobadas por el Consejo de Gobierno con el objetivo de controlar los rebrotes de la COVID-19, después de que la comunidad haya registrado más de una treintena de brotes activos.

El Ejecutivo andaluz, a través del portavoz y consejero de Presidencia, Elías Bendodo, y del consejero de Salud, Jesús Aguirre, han justificado las medidas en la idea de que la comunidad no retroceda en el "control" de la pandemia y en que Andalucía es un "destino seguro".

En los establecimientos de esparcimiento cerrados, el aforo no podrá superar el 40% distribuido en mesas o agrupaciones de mesas y deberán garantizar la higienización de las manos, la toma de temperatura de los clientes en la entrada y disponer de cartelería recordando el uso obligatorio de mascarillas. Del mismo modo, deberán tener sistemas de identificación de las personas que accedan a dichos establecimientos, mediante mecanismos que permitan el rastreo en caso de ser necesario y una rápida localización.

La apertura del establecimiento como máximo será hasta las 5:00 horas, cerrando el acceso de personas treinta minutos antes de la hora prevista de cierre.

Las terrazas al aire libre de estos establecimientos limitarán su aforo al 75% en mesas o agrupaciones de mesas, con una ocupación máxima en las mismas de doce personas, con las mismas medidas de higiene que los establecimientos de hostelería. El aforo de los pub no podrá superar el 60%.

Las medidas prohíben expresamente el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas en los locales de entretenimiento, ocio, hostelería y restauración, discotecas y en cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público.

Respeto a la hostelería, se establece que aquellos locales que cuenten con sistema de autoservicio, evitarán la manipulación directa de los productos por parte de los clientes o en su caso, se establecerán sistemas que impidan que dicha manipulación pueda contaminar los alimentos o los elementos de contacto y uso común.

Estos locales no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local y la ocupación máxima será de doce personas por mesa o agrupación de mesa.

Prohibición total del botellón

Dentro de las medidas aprobadas destaca la declaración del fenómeno del botellón como actividad insalubre, nociva y peligrosa según la Ley de Salud Pública, lo que supone, según el consejero de Salud, una "vuelta de tuerca" a la regulación actual para que las fuerzas de seguridad pueda aplicar sanciones en los distintos municipios que prepara la Junta.

Se trata de evitar el consumo en grupo de bebidas alcohólicas en la vía pública y se fija la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado de más de quince personas que tenga lugar en espacios públicos.

El portavoz del Gobierno, Elías Bendodo, ha subrayado en la rueda de prensa que este tipo de reuniones ajenas a los establecimientos de hostelería o similares en la vía pública y en otros lugares de tránsito "serán considerados como situaciones de insalubridad, nocivos y de riesgo" para la trasmisión del virus.

Bendodo ha hecho un especial llamamiento a la responsabilidad de los jóvenes para demandarles que "piensen en sus padres, abuelos y hermanos" ante de participar en estos actos y la obligatoriedad de que utilicen las mascarillas.

 
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