Hora 14 Palencia y ProvinciaHora 14 Palencia y Provincia
Actualidad
Sentencias

Confirman la improcedencia del despido de un trabajador de Palencia que dijo que su trabajo es "una mierda"

Una sentencia del TSJ tumba el despido al operario que afirmó delante de un cliente que en su empresa les "explotan a trabajar"

Sentencia laboral llamativa que afecta a un trabajador y a una empresa de Palencia / Getty Images

Palencia

Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid y a la que ha tenido acceso Radio Palencia de la Cadena SER, confirma la improcedencia del despido de un trabajador de una conocida empresa palentina que dijo delante del principal cliente de la firma que su trabajo era "una puta mierda", además de afirmar que "estaba hasta las narices" y decir textualmente "en esta empresa nos explotan a trabajar". El operario ha estado representado por la abogada palentina Amaya Rodríguez, de AFYSE Abogados.

El máximo tribunal de Castilla y León confirma en todos sus términos una sentencia anterior del Juzgado de lo Social número 1 de Palencia y rechaza el recurso de la empresa contra esa resolución que obliga a readmitir al trabajador y al abono de los salarios a razón de 77,35 euros diarios desde el momento de su despido hasta la readmisión. Si finalmente se opta por la rescisión del contrato, el hombre deberá ser indemnizado con algo más de 40.000 euros. Esta segunda sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso.

El TSJ entiende que la conducta del trabajador no reúne el requisito de culpabilidad necesario, dado que el hombre hacía poco tiempo que se había reincorporado de un proceso de baja por incapacidad temporal por ansiedad reactiva. Ya el juzgado de primera instancia señaló que, aunque la actitud del operario era reprochable, no conllevó consecuencias con respecto al principal cliente de la empresa, una conocida cadena de supermercados. En el juicio no se aportó la versión de ese cliente ni de dos trabajadores que presenciaron los hechos.

Al final, la parte recurrente, la empresa, ha sido condenada en costas y ahora tiene la posibilidad de presentar recurso de casación. La parte recurrente mantenía que la conducta del trabajador es calificable como ofensas verbales y físicas y como transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza. Sin embargo, el tribunal tiene en cuenta las circunstancias de salud del demandante, a los pocos días de que se reincorporara al puesto tras sufrir una ansiedad reactiva. Se recuerda que este tipo de enfermos tienen "un sentimiento interior de agresión y terror con alteración de la capacidad intelectual, siendo incapaces de pensar con claridad, de usar su propio juicio o de aprender bien o recordar con precisión".

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00