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Publicadas las bases que regulan la ayuda que completará las prestaciones más bajas de los ERTE

Las personas que la soliciten deben residir en la Región, trabajar en empresas ubicadas en la Comunidad y tendrán prioridad los trabajadores con bases de cotización más bajas

Visita del consejero, Manuel Motas, al SEF de Cartagena / CARM

Visita del consejero, Manuel Motas, al SEF de Cartagena

Murcia

Las bases que regulan la ayuda que completará las prestaciones más bajas de los trabajadores por cuenta ajena afectados por un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) ya se han publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

Esta línea de ayudas viene recogida en el Decreto-Ley 9/2020, de 23 de julio, y tiene un importe de 2,5 millones de euros, ha señalado el Gobierno regional en un comunicado.

El consejero de Empleo, Investigación y Universidades, Miguel Motas, ha destacado que es la primera vez que se concede una ayuda de este tipo, que podría beneficiar a más de 20.000 personas, según las estimaciones del ejecutivo autonómico.

El objetivo, ha detallado, es compensar a los trabajadores por cuenta ajena, incluidos los fijos discontinuos, que estén o hayan estado afectados por un ERTE, con suspensión o reducción de la jornada, cuya prestación por desempleo no haya alcanzado el Salario Mínimo Interprofesional, que es de 950 euros, o la parte proporcional en el caso de reducciones de jornada.

El SEF será el organismo que gestione la ayuda y, una vez publicada la convocatoria, se podrá solicitar a través de un formulario electrónico, que se podrá presentar telemáticamente, y también se creará un modelo de solicitud para la presentación en los diferentes registros, incluidos los de las oficinas de empleo.

Entre los requisitos para acceder a la ayuda se encuentra que el trabajador o trabajadora solicitante resida en la Región de Murcia y que su centro de trabajo se encuentre asimismo en la Región de Murcia.

La ayuda consiste en una subvención, calculada por la diferencia entre la prestación bruta percibida del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), con un máximo de tres mensualidades o hasta la fecha de reincorporación a la empresa, en caso de que se produzca antes de los tres meses.

La ayuda se concederá con efecto retroactivo, desde la declaración del estado de alarma hasta la fecha que establezca la convocatoria.

Se concederán ayudas hasta que se agote el presupuesto y tendrán prioridad las personas cuyas bases de cotización sean inferiores. En el caso que existiesen varias personas que lo soliciten con idéntica base de cotización tendrá prioridad la de mayor edad.

Maica Sánchez

Maica Sánchez

Responsable de temas municipales del área metropolitana de Murcia. Redactora en Radio Murcia desde 2011,...

 

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