Sociedad
Coronavirus Covid-19

Navarra endurece las medidas ante el coronavirus: limita a 6 personas las reuniones sociales y familiares

Cierran las sociedades gastronómicas y peñas y se limita al 50% el aforo de la mayoría de actividades y celebraciones

Eleva las sanciones por no usar mascarilla y participar en 'botellones' a 300 y 600 euros, respectivamente

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Navarra ha decidido endurecer las medidas preventivas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del Covid-19. Se limita las reuniones a un máximo de 6 personas, salvo en el caso de personas convivientes, además cierran las peñas y sociedades gastronómicas y se limita el aforo tanto en hostelería, celebraciones como distintos eventos al 50 por ciento.

Se reducen el aforo al 50 por ciento en los velatorios, lugares de culto, ceremonias nupciales y otras celebraciones sociales, religiosas, o civiles.

Las celebraciones que pudiesen tener lugar tras la ceremonia nupcial en establecimientos con servicios de hostelería y restauración respetarán las medidas generales de seguridad interpersonal, y en todo caso la separación de 1,5 metros, no superando, en ningún caso, las cincuenta personas como máximo.

No estará permitida la utilización de pista de baile o espacio habilitado similar para ese uso, excepto para el baile nupcial.

En el caso de los establecimientos de hostelería y restauración, se permite el consumo en barra exclusivamente hasta las 12 horas, momento a partir del cual sólo se podrá consumir en mesa tanto en el interior como en el exterior de los locales. Y las mesas o grupos de mesas no podrán reunir a más de seis personas y no diez como hasta ahora. En todo caso, se extremará el uso de mascarilla y la distancia interpersonal.

Con el afán de evitar los denominados ‘botellones’ o similares, cuya práctica no está autorizada por la legislación vigente, se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22 horas excepto en los establecimientos hosteleros.

Los mercadillos no podrán superar el cincuenta por ciento de los puestos habituales o autorizados limitando la afluencia de manera que se garantice siempre la distancia de seguridad interpersonal.

Academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada o centros de formación, podrá impartirse de modo presencial, siempre que no supere el cincuenta por ciento de su aforo.

Las bibliotecas, tanto de titularidad pública como privada, prestarán servicios para sus actividades sin que la ocupación puedan superar el cincuenta por ciento de su aforo máximo permitido. Los espacios de biblioteca destinados a público infantil no podrán superar el 25 por ciento de su aforo máximo permitido.

Los eventos deportivos en espacios cerrados no superarán el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido, con butacas preasignadas. En caso de aforo de más de 350 personas, se emitirá informe por el Instituto Navarro de Salud Pública y Laboral.

Las piscinas al aire libre o cubiertas para uso deportivo o recreativo, deberán respetar el límite del 50% de su capacidad de aforo tanto en lo relativo a su acceso como en la práctica deportiva o recreativa.

Los establecimientos y locales de juego y apuestas podrán ejercer su actividad siempre que no superen el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido.

La actividad de las sociedades gastronómicas y peñas quedará suspendidas, debiendo permanecer cerradas.

En los espacios abiertos de uso público de la Comunidad Foral de Navarra los grupos de personas no serán superiores a seis, salvo en el caso de personas convivientes, debiendo respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de COVID-19.

La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado social o familiar se limitará a un número máximo de seis personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Las medidas serán objeto de seguimiento y evaluación continua y, en todo caso, en un plazo no superior a quince días naturales, con el fin de garantizar a la evolución de la situación epidemiológica, pudiendo a estos efectos, prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto.

En cuanto a las sanciones, se establece un mínimo de 600 euros por hacer botellón y 300 euros por no llevar mascarilla.

Medidas

Se limita a un máximo del 50% del aforo la afluencia de personas en las siguientes actividades o espacios:

  • Velatorios y entierros: la comitiva se restringe a 50 personas como máximo.
  • Culto: máximo la mitad del aforo y en todo caso 2,25 metros cuadrados por persona.
  • Ceremonias nupciales u otras celebraciones sociales, religiosas o civiles: máximo la mitad del aforo y en todo caso 2,25 metros cuadrados por persona. Las celebraciones posteriores en establecimientos hosteleros o similares no podrán superar las 50 personas en el interior de los locales y 75 en el exterior, con una separación de 1,5 metros y sin baile.
  • Mercados en la vía pública: máximo la mitad de los puestos habituales o autorizados y con limitación de afluencia que permita mantener la distancia interpersonal.
  • Academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada o formación.
  • Locales de juegos y apuestas.

Eventos culturales: no se superará el 60% del aforo con butacas pre-asignadas. En caso de aforos de más de 350 personas se emitirá un informe por parte del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

Endurecimiento de las sanciones

Entre las medidas para contener la expansión de la pandemia, el Gobierno de Navarra aprobará en su próxima sesión de gobierno un Decreto Ley Foral por el que se incrementa la cuantía de las sanciones para las personas o entidades que no cumplan las medidas preventivas.

Como principales novedades, se incrementa la cuantía de las multas. Así, incumplimiento del obligado uso de la mascarilla se multará con 300 euros y la participación en los llamados 'botellones' se sancionará con un mínimo de 600 euros. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multas de entre 60.000 y 600.000 euros.


 
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