Las ayudas al empleo estable tendrán en cuenta las consecuencias de la Covid-19

Fachada del Ayuntamiento de Ávila / Cadena SER

Ávila
La excepcional situación por la que atraviesan las empresas como consecuencia de la pandemia de Covid-19 ha llevado al Ayuntamiento de Ávila a modificar las bases de las ayudas que concede a aquellas que generan empleo estable en la ciudad con contratos de un mínimo de 24 meses.
Esta modificación, de carácter excepcional, afecta a las condiciones que hay que cumplir y a su justificación, y se produce al entender que las empresas beneficiarias se han visto afectadas por los efectos de la declaración del estado de alarma decretado por el Gobierno.
En el caso de que la empresa o entidad beneficiaria de las ayudas aplique un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) al trabajador subvencionado debido a la situación de emergencia, el Ayuntamiento paralizará el cómputo del plazo de 24 meses establecido en las bases de mantenimiento del empleo mientras dure la suspensión temporal del contrato, siempre y cuando el trabajador se reincorpore a su puesto.
En el caso de que la jornada de trabajo inicialmente subvencionada se redujera por la situación de emergencia provocada por la Covid-19, se entenderá que son causas ajenas a la voluntad de la entidad contratante, por lo que no dará lugar a la devolución de la subvención. Pero es requisito obligatorio que la empresa comunique la incidencia al Ayuntamiento en el plazo de un mes y rque establezca la jornada del trabajador inicialmente subvencionada lo antes posible desde que finalice la situación de emergencia. También en este caso se paralizará el cómputo del plazo de 24 meses de mantenimiento del empleo mientras dure la reducción de la jornada realizada.
La adaptación a las circunstancias derivadas de la pandemia también incluye un tercer supuesto, que afecta a los casos en los que antes de completar el periodo de 24 meses de mantenimiento del empleo estable creado se extinga el contrato de trabajo.
En esta última circunstancia, se ampliará el plazo máximo de sustitución del trabajo subvencionado de 2 a 9 meses, ya que la entidad beneficiaria deberá contratar a otro trabajador que cumpla los mismos requisitos establecidos en las bases y en la convocatoria para el trabajador inicial, por el periodo que, sumado al del anterior contrato, complete como mínimo los 24 meses.

María Ángeles Hernández
Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid. Es redactora en SER Ávila desde 1994....




