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Absuelto el exconseller de Obras Públicas Luis Fernando Cartagena en el caso Metrored

Cartagena se ha sentado en el banquillo junto a 12 empresarios más acusados de usar la empresa Metrored para conformar una estructura dirigida a evadir impuestos

Foto de archivo / Getty Images

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Valencia

La justicia ha absuelto a los 13 procesados por el caso Metrored, entre ellos al exconseller de Obras Públicas con Zaplana, Luis Fernando Cartagena.

Cartagena se ha sentido en el banquillo junto a 12 empresarios más acusados de usar la empresa Metrored para conformar una estructura dirigida a evadir impuestos.

Se les investigó por haber desviado presuntamente más de 7 millones de euros emitiendo facturas a entidades con sede en otras partes de España. Finalmente todos han quedado absueltos

El juicio por estos hechos se celebró en 17 sesiones entre los días 21 de octubre y 18 de noviembre del pasado año. En sus conclusiones definitivas, la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que ejerce la acusación particular en la causa, solicitaron para 12 de los encausados -retiraron los cargos para el decimotercero- penas de entre un año y tres meses y 20 años de prisión por cuatro delitos fiscales.

La magistrada considera que no ha quedado acreditado que los consejeros de Metrored, que tenía como objeto social, entre otros, la venta de minutos telefónicos, facturaran a sabiendas sin IVA operaciones y servicios que debían estar sujetos a ese impuesto.

Así, no se ha probado que los clientes a los que giraron esas facturas hubieran fijado de forma ficticia su domicilio a efectos fiscales en Canarias y operaran realmente en el territorio de aplicación del impuesto (TAI). Y aunque así fuera, tampoco consta que los responsables de Metrored, extinguida actualmente tras un procedimiento concursal, fueran conscientes de ello.

“No puede entenderse que el deber de auxilio de los retenedores del IVA como colaboradores de la AEAT tenga que traducirse en la necesidad de que estos investiguen, más allá de lo razonable, que los datos que facilitan sus clientes son o no reales”, razona la juzgadora, pues eso equivaldría a que esos colaboradores actuaran “como verdaderos inspectores de Hacienda”.

En cuanto al segundo mecanismo defraudatorio relatado por las acusaciones, el fallo establece igualmente la ausencia de pruebas suficientes para sostener que Metrored eludió el pago del IVA facturando parte de los servicios propios de su objeto social, la venta de minutos telefónicos, a empresas radicadas en el TAI a través de una sociedad “pantalla”, sin estructura propia y domiciliada de forma ficticia en Canarias.

 

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