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La Audiencia Nacional rechaza la fianza de 250 millones a los acusados del sobrecoste de El Musel

Panorámica de las instalaciones. / Puerto de El Musel

Panorámica de las instalaciones.

Gijón

El Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional ha dejado sin efecto la exigencia de 250 millones de euros de fianza que el Observatorio Ciudadano Anticorrupción de Asturias (Ocan) reclamaba a los 21 acusados en la causa por el sobrecoste de la ampliación del puerto de El Musel como indemnización a la Administración General del Estado.

La titular del Juzgado, María Tardón, ha estimado así el recurso de reforma y subsidiario de apelación interpuesto por el abogado Ángel Luis Bernal, en representación de un directivo de una de las empresas de la UTE Dique de Torres, que ejecutó la ampliación, donde resaltaba que no cabía exigir fianza de responsabilidad civil por cuanto que no existía un ejercicio de la acción civil derivada de delito.

El letrado ovetense sostenía que los 250 millones de fianza sólo eran exigidos por Ocan en su calidad de acusación popular, por lo que al no ser acusación particular "no es ofendida, ni perjudicada por el supuesto delito".

Bernal recordaba en el recurso que la Fiscalía Anticorrupción ni había argumentado siquiera la existencia de perjuicio económico alguno para la administración, ni había ejercitado acción civil y ni tan siquiera la Abogacía del Estado había formulado acusación.

Su recurso ha prosperado y, en consecuencia, la magistrada-juez ha corregido este error material en el auto del pasado viernes, que ya es firme, por el que rectifica el auto anterior del pasado día 11 de septiembre, donde venía recogida la fianza, y por el que se acordaba la apertura de juicio oral por las presuntas irregularidades detectadas en las obras de ampliación de El Musel.

En el auto dictado el pasado viernes rechaza la petición de Ocan de dirigir la acusación contra otros dos trabajadores de la UTE al estar ya sobreseída la causa contra ambos y ha dejado sin efecto la exigencia de 250 millones de euros de fianza que reclama como indemnización al Estado porque la juez argumenta que al tratarse de una acusación popular sólo puede ejercer la acción penal en la causa.

En consecuencia, la juez impone una responsabilidad civil al acusado Fernando Menéndez Rexach, expresidente del Puerto, con una indemnización de 8,3 millones de euros más los intereses legales a José Prendes González en nombre de la Asociación de Vecinos del Alto Aboño, por la expropiación de terrenos para la ampliación portuaria que no se llegaron a utilizar y el derribo de varias edificaciones.

La Fiscalía Anticorrupción ya ha formulado acusación en la causa y pide para Menéndez Rexach una pena de tres años de prisión y 25 de inhabilitación por un delito de fraude y dos de prevaricación administrativa.

El exdirector, José Luis Díaz Rato, está acusado de un delito de fraude y cooperador necesario en otro de prevaricación y afronta una pena de 3 años de prisión, 18 de inhabilitación para empleo público, otros diez para inhabilitación para oficio en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre y tres años de libertad vigilada.

Al exsecretario de Estado de Transportes y al expresidente de Puertos del Estado, Fernando Palao y Mariano Navas, respectivamente, los considera responsables de un delito de fraude y solicita para ambos sendas penas de tres años de prisión y nueve de inhabilitación.

Los otros 17 acusados son responsables de las empresas que participaron en la UTE Dique de Torres, quienes afrontan penas de dos años de prisión y 9 años de inhabilitación como presuntos cooperadores necesarios de un delito de fraude.

 

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